Boletín nº 143 (27-07-2015)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Priego de Córdoba
Nº. 5.006/2015
Constituida la nueva Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el 13 de junio de 2015, como consecuencia de las Elecciones Locales celebradas el 24 de mayo de 2015, se estima procedente determinar el nuevo régimen de organización y funcionamiento de este Ayuntamiento, dentro del cual se encuentra la Junta de Gobierno Local como órgano de carácter necesario en los municipios con población superior a los 5.000 habitantes según el artículo 20.1b) de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante, LBRL) en su redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
Según dispone el artículo 23 de la LBRL, la Junta de Gobierno Local estará integrada por el Alcalde, que lo preside y por un número de concejales no superior al tercio del número legal de los mismos, nombrados y separados libremente por el Alcalde y dando cuenta al Pleno.
Tiene como función propia e indelegable la asistencia permanente al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones, así como aquellas otras que le delegue el Pleno o el Alcalde o les atribuyan las leyes.
Esta Alcaldía-Presidencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 46, 52, 53 y 112 del Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
DISPONGO
PRIMERO. Designar miembro de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, como órgano colegiado de carácter necesario a los Concejales que se expresan, quedando constituida bajo mi presidencia, en la siguiente forma:
Presidenta: Doña María Luisa Ceballos Casas
Vocales: Don José Miguel Forcada Serrano
Don Miguel Ángel Valdivia Granados
Doña Cristina Casanueva Jiménez
Don Luis Miguel Carrillo Gutiérrez
Don Juan Ramón Valdivia Rosa
Doña Inés María Aguilera Ordoñez
Don Pablo Ruiz Serrano
SEGUNDO. Nombrar Teniente de Alcalde, a los efectos previstos en el artículo 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y artículo 23.3 de la LBRL a los miembros de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en el orden que se expresa:
Don José Miguel Forcada Serrano
Don Miguel Ángel Valdivia Granados
Doña Cristina Casanueva Jiménez
Don Luis Miguel Carrillo Gutiérrez
Don Juan Ramón Valdivia Rosa
Corresponde a los Tenientes Alcalde de conformidad con lo establecido en el artículo 23.3 de la LBRL, sustituir en la totalidad de sus funciones al Alcalde por orden de nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que le imposibilite para el ejercicio de sus funciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde.
TERCERO. Por lo que respecta a la periodicidad y hora de celebración de sus sesiones ordinarias, a los efectos previstos en el artículo 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, será semanal, indistintamente todos los miércoles o viernes a las 830 horas. Si es inhábil pasará a celebrarse al día siguiente hábil.
CUARTO. Del presente decreto se dará cuenta al Pleno de la Corporación, a los interesados y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, surtiendo efectos desde el día siguiente al de la fecha de la presente resolución.
El Ayuntamiento Pleno toma conocimiento de la literalidad del contenido del reseñado decreto.
Priego de Córdoba, a 15 de julio de 2015. Firmado electrónicamente por La Alcaldesa-Presidenta, María Luisa Ceballos Casas.