Boletín nº 144 (28-07-2015)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 5.103/2015
Con fecha 22 de julio de 2015, se ha dictado por la Concejal Delegada de Movilidad Decreto número 8942, del tenor literal siguiente:
Decreto
Antecedentes
Primero. Mediante Decreto 7558, de 16 de junio de 2015, por la Excma. Sra. Alcaldesa se fijaron las Áreas de Gobierno y se determinaron las Delegaciones que las integran, atribuyéndose expresamente una delegación genérica en materia de Movilidad, con las atribuciones en el mismo recogidas, en favor de Dª. María José Moros Molina.
Segundo. El volumen que implican las competencias delegadas, así como el cuantioso número de actos repetitivos que supone para esta Delegada las autorizaciones correspondientes a los accesos a las Áreas de Circulación Restringida, así como las correspondientes a los cortes de tráfico que se tramitan desde el Departamento de Movilidad aconsejan, por razones de eficacia y de agilidad administrativa, establecer un régimen de delegación de firma para estos actos, de forma indistinta en los siguientes funcionarios: el Técnico responsable de la Oficina ACIRE, el Asesor Técnico Superior de Movilidad y en el Jefe del Departamento de Movilidad. En base a lo anterior se hace necesario dictar una resolución en este sentido.
Fundamentos de Derecho
Único. El artículo 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que autoriza la delegación de firma en los siguientes términos: "Los titulares de los órganos administrativos podrán, en materia de su propia competencia, delegar la firma de sus resoluciones y actos administrativos a los titulares de los órganos o unidades administrativas que de ellos dependan, dentro de los límites señalados en el artículo 13. La delegación de firma no alterará la competencia del órgano delegante y para su validez no será necesaria su publicación. En las resoluciones y actos que se firmen por delegación se hará constar la autoridad de procedencia. No cabrá la delegación de firma en las resoluciones de carácter sancionador".
En base a lo anterior, y en el ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por la Excma. Sra. Alcaldesa mediante Decreto 7558, de 16 de junio de 2015 (BOP 24-06-2015), por medio del presente, vengo en acordar:
Primero. Delegar, de forma indistinta, en el Técnico responsable de la Oficina ACIRE, en el Asesor Técnico Superior de Movilidad y en el Jefe del Departamento de Movilidad, la firma de las resoluciones y de los actos administrativos en materia de Movilidad, relativos a:
- Autorizaciones de Circulación en Áreas de Circulación Restringida.
- Cortes de Tráfico.
Segundo. La presente Delegación se entenderá vigente en tanto no sea revocada con carácter general o particular, pudiendo ser modificada o revocada libremente por la persona autorizante.
Tercero. Notificar a los interesados la presente resolución, así como acordar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Córdoba, a 27 de julio de 2015. Firmado electrónicamente: La Concejala Delegada de Movilidad, M. José Moros Molina.