Boletín nº 146 (30-07-2015)

VIII. Otras Entidades

Colegio Oficial de Arquitectos
Córdoba

Nº. 5.047/2015

Acuerdo del Colegio Oficial de Arquitectos de Córdoba de requerimiento fehaciente previo a suspensión de colegiación

Dándose el supuesto contemplado en el apartado c) del artículo 34 de los Estatutos Colegiales, que prescribe como causa determinante de la suspensión de la colegiación, y por tanto de los derechos inherentes a la condición de colegiado, el impago de las contribuciones colegiales para el sostenimiento económico del Colegio, la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Arquitectos de Córdoba, en sesión de 15 de julio de 2015, ha acordado requerir fehacientemente mediante este anuncio, al no haber sido posible mediante correo certificado, al colegiado

Nombre: Julio Aumente Aumente

DNI: 30.465.499K

Importe euros: 331,12

el abono de las cantidades señaladas, que adeudan al Colegio, en plazo máximo de 20 días hábiles a partir del día siguiente al de publicación de este anuncio, con advertencia de suspensión de colegiación de no atender este requerimiento.

Las cantidades adeudadas pueden hacerse efectivas mediante ingreso en la cuenta IBAN número ES72 3183 1400 5000 0000 4894 de la Caja de Arquitectos.

De no producirse el abono en el plazo señalado la Junta de Gobierno adoptará el pertinente acuerdo de suspensión de colegiación. La suspensión de colegiación conlleva la imposibilidad del ejercicio profesional, así como la baja colegial de mantenerse la situación de suspensión durante tres meses consecutivos.

El acuerdo puede ser recurrido potestativamente en reposición ante la Junta de Gobierno de este Colegio, o en alzada ante el Consejo Andaluz de los Colegios Oficiales de Arquitectos, en el plazo de 1 mes desde su notificación.

Córdoba, 20 de julio de 2015. El Secretario, Fdo. Juan E. Benito Pérez. Vº Bº El Decano, Fdo. Felipe S. Romero Pérez.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad