Boletín nº 147 (31-07-2015)

IX. Anuncios de particulares

Notaría de don Miguel de Lara Pérez
Córdoba

Nº. 4.968/2015

Don Miguel de Lara Pérez, notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en Córdoba y despacho abierto en calle Doce de Octubre, número 1 3º, hago saber:

Que en mi notaria se sigue procedimiento de ejecución extrajudicial de hipoteca, identificado en mi despacho como 01/2015, a instancia de CAIXABANK, SA, al amparo de los artículos 129 de la Ley Hipotecaria y 234 y siguientes del Reglamento Hipotecario (RH), sobre la siguiente finca:

Urbana: número dieciocho. Vivienda en planta tercera con acceso por la escalera derecha frente, del Pasaje Escritor Pérez de Rivas número 3 de esta ciudad. Superficie útil, 66,43 metros cuadrados y construida 79,84 metros cuadrados. Porcentaje en elementos comunes y gastos, 280 %. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Córdoba, tomo 2227, libro 1112, folio 91, finca 6753, 8ª. Referencia Catastral 4847313UG4944N0021RL.

En la tramitación del procedimiento, siendo el inmueble vivienda habitual, procede única subasta, que se celebrará con arreglo a las siguientes condiciones:

1º. Lugar: En mi despacho citado.

2º. Día: Quince de septiembre de dos mil quince.

3º. Hora: Doce horas.

4º. Tipo de la subasta: Trescientos un mil trescientos ochenta y nueve euros con sesenta y nueve céntimos de euro (301.389,69 €).

5º. La subasta se llevará a cabo conforme al artículo 12 del Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, y en lo compatible con él por el artículo 236 del RH.

6º. Puede consultarse en mi notaría en días laborables, de lunes a viernes de 10 a 13 horas, la documentación y certificación del registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del RH; entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada y que continuarán subsistentes las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta.

7º. Quien pretenda licitar, salvo el acreedor, deberá constituir depósito previo, por el 5% del tipo de subasta, acreditando la constitución del mismo, mediante consignación en mi notaría de cheque conformado o bancario, o resguardo acreditativo de transferencia o ingreso en la cuenta 0237 6028 01 9156287701.

8º. Hasta el momento de la subasta, podrán hacerse posturas por escrito bajo pliego cerrado acompañando el resguardo acreditativo del depósito previo.

9º. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente, o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior, podrá hacerse a calidad de ceder a tercero.

10º. Si resultare infructuosa la comunicación por correo certificado al titular de la última inscripción de dominio, del día hora y lugar de celebración de la subasta, la publicación de este anuncio, en los Boletines Oficiales del Estado, de la Provincia y tablones de anuncios del Ayuntamiento y registro de la propiedad competentes, servirá para suplir y tener por efectuada aquella.

Córdoba, a 15 de julio de 2015. El Notario, firma ilegible.

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