Boletín nº 172 (04-09-2015)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Villafranca de Córdoba
Nº. 5.480/2015
DECRETO Número 47/15. Sobre delegación de competencia específica en el Concejal Delegado don Genaro Garrido López.
El artículo 49.1 del Código Civil, modificado por la Ley 35/1994, de 23 de diciembre, define que cualquier español podrá contraer matrimonio dentro o fuera de España ante el Juez, Alcalde o Funcionario señalado por dicho Código.
El artículo 51.1 del mismo texto legal, igualmente modificado por dicha Ley, dice que será competente para autorizar el matrimonio el Juez Encargado del Registro Civil y el Alcalde del municipio donde se celebre el matrimonio o concejal en quien delegue.
Habiendo expresado don Antonio Ramón Budía Mesa y doña Marta Mendoza Rosa, su deseo de prestar el consentimiento y contraer matrimonio ante mi Autoridad, en el expediente que ha sido tramitado por el Registro Civil de esta localidad y señalado dicho acto por los contrayentes el día 19 de septiembre de 2015 a las 20:00 horas.
En uso de las facultades que me confiere el artículo 51.1 del Código Civil,
HE RESUELTO:
1. Delegar la función específica de autorizar la celebración del matrimonio y prestar el consentimiento por don Antonio Ramón Budía Mesa y doña Marta Mendoza Rosa, en el Concejal Delegado don Genaro Garrido López, cuyo acto se llevará a efecto el próximo 19 de septiembre de 2015, sábado, a las 20:00 horas en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial.
2. Notifíquese esta Resolución al Concejal Delegado don Genaro Garrido López.
3. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
4. Dése cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.
Lo mandó y firma el Sr. Alcalde-Presidente por ante mí, la Secretaria, en Villafranca de Villafranca de Córdoba, a 26 de agosto de 2015. El Alcalde-Presidente, Fdo. Don Francisco Palomares Sánchez. Ante mí, La Secretaria, firma ilegible.