Boletín nº 174 (09-09-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de El Carpio

Nº. 5.505/2015

Se pone en general conocimiento que en sesión extraordinaria celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de El Carpio el día treinta de junio de dos mil quince, se adoptó, entre otros, el siguiente

Acuerdo:

11º. ACUERDOS SOBRE LOS CARGOS DEL EQUIPO DE GOBIERNO CON DEDICACIÓN EXCLUSIVA, RETRIBUCIONES ANUALES DE LOS MISMOS, ASIGNACIONES DE LOS GRUPOS POLÍTICOS Y PERIODICIDAD PARA LA REVISIÓN DE DICHOS ACUERDOS.

Toma la palabra en primer lugar la Alcaldesa-Presidenta, doña Desirée Benavides Baena que propone para la asignación a los grupos políticos, la misma cuantía que se aprobó en el pleno de 25 de agosto de 2011 y que se recoge en las Bases de Ejecución del Presupuesto haciendo los ajustes pertinentes en función del número de concejales.

Don Francisco Ángel Sánchez Gaitán, Portavoz del Grupo de IU, manifiesta que él plantea una rebaja para dar un mensaje a la ciudadanía. Además, advierte de que están sometidos a fiscalización del Tribunal de Cuentas. Lo que él pide es un porcentaje simbólico, un 10 o un 15 por 100 y el ahorro que se produzca, se puede destinar a bienestar social, empleo, etc. Expresa su postura abierta al diálogo y a poder llegar a un acuerdo con los portavoces.

La Alcaldesa-Presidenta dice ver razonable la propuesta, pero le extraña que no la haya hecho antes.

Por su parte, Don Timoteo Carrillo Vidal, Portavoz del Grupo del PP, expresa que la propuesta es buena pero llega tarde. Aunque están de acuerdo en la negociación. Opina que el Sr. Sánchez ha usado demagogia.

Por su parte, el Sr. Sánchez Gaitán recuerda al Sr. Carrillo que cada vez que su Grupo (refiriéndose al PP) ha traído los sueldos, estando él de Alcalde, éste ha querido poner el asunto sobre la mesa y que ellos no han querido. Por lo tanto, cree que el Portavoz del PP no puede acusarlo de usar demagogia en este Pleno (cree que ya han sido ninguneados por la Presidenta en el asunto de la representación en el Consejo Escolar).

Por su parte, El Sr. Carrillo Vidal pide perdón por la acusación vertida sobre el Portavoz de IULVCA, pero añade que la mitad de las cosas que ha dicho son falsas. Y que cuando por parte de su Grupo se pidió el Pleno extraordinario fue para tener la información, para saber por dónde iban las cosas.

El Sr. Sánchez, por su parte, no tiene inconveniente en retomar el acuerdo sobre este asunto en el que se decía que se trajera este tema con ocasión de la aprobación de los presupuestos ya que afecta a capítulos importantes de personal.

Finalmente, sometida a votación la propuesta del equipo de Gobierno sobre las asignaciones a los Grupos de la Corporación, prospera la misma con el voto a favor de los miembros de los Grupos del PSOE (4 votos) y del PP (3 votos), y la abstención de los miembros del Grupo de IULV-CA (4 votos).

Quedan las asignaciones por Grupo de la siguiente manera:

GRUPOS POLÍTICOS, artículo 73.3 L.7/85

EUROS

Componente FIJO por Grupo Político

37,57

Componente VARIABLE

289,80

Mensualidad PP

906,97

IU-LV.CA

1.196,77

PSOE

1.196,77

Seguidamente, atendiendo lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, la Sra. Alcaldesa-Presidenta propone como dedicaciones exclusivas los cargos de Alcalde y de 1º Teniente de Alcalde.

En cuanto a los sueldos, para la 1ª Teniente de Alcaldía se fija el que correspondía a su anterior puesto en Guadalinfo, tomando como referencia lo señalado en la sentencia de 21 de agosto de 2014, quedando fijado en una retribución bruta anual de 19.842,20 €.

Sobre la retribución de la Alcaldesa, manifiesta que cree que debe de dar ejemplo y que por lo tanto, se baja el sueldo a lo que se cobraba por el Alcalde en 2011.

Don Timoteo Carrillo Vidal, por su parte, manifiesta que, como ya dijo hace cuatro años y hace ocho años, quien trabaja, tiene que cobrar. Que también se puso un tope y se estableció como referencia el sueldo del anterior trabajo. En cuanto a la 1ª Teniente de Alcaldía, si es eso lo fijado en su anterior trabajo, que se tome nota, a ver si eso es así.

En cuanto al sueldo de la Alcaldesa, está en la media de los de la comarca.

El Sr. Sánchez Gaitán, rebate que la 1ª Teniente de Alcaldía forma parte de la plantilla del Ayuntamiento y su sueldo se puede fijar, pero antes los 800 € de la anterior eran justos y ahora son razonables los 1.400 €.

Por otro lado, manifiesta que no procede presentar las retribuciones de la Alcaldesa como una rebaja respecto a lo que cobraba el anterior Alcalde porque antes se tomó como referente el sueldo de profesor y ahora no hay esa referencia. Además, si se suman las dos cantidades, son mayores las asignaciones actuales que las anteriores. Opina que se debe de tomar la declaración de la renta de los concejales y hacer una media para que se tome conciencia de que se trata de un servicio público. Pero antes estaba claro que debía ser el sueldo de profesor, pero ahora está bien una media de los alcaldes de la comarca.

Quiere destacar también que él, al ser de Muface, el coste de la seguridad social será distinto. Por lo tanto, recomienda no quedarse con los datos sesgados y que se vean todos los costes salariales y de la seguridad social.

Por lo tanto, reitera su propuesta de tomar como base la declaración de la renta y que se empleen criterios objetivos.

Doña Emma Fernández, por parte del Grupo de Gobierno informa sobre al sentencia que fija la base de su sueldo. Explica que si ellos tienen que evaluar el sueldo a razón del trabajo, de aquí para atrás no se puede hacer porque aún no han gobernado, pero que de aquí en adelante, están abiertos a negociar con posterioridad.

Don Timoteo Carrillo, por parte del Grupo del PP insiste en que a ellos no les parecía perfecto lo que cobraba la anterior teniente de alcalde, que ellos sólo pusieron un criterio que aceptaron.

Por alusiones, el Sr. Sánchez Gaitán responde al Sr. Carrillo que los sueldos anteriores se pusieron como consecuencia de la moción del PP apoyada por el PSOE.

A doña Emma Fernández contesta que la Teniente de Alcalde no cobró hasta el 1 de julio y que se lo dedicó al Ayuntamiento y que él mismo no cobró hasta el 1 de septiembre, lo cual fue un ahorro para el Ayuntamiento.

También hay una comunicación de la Junta de Andalucía que dice que es incompatible ser concejal con ser trabajador del Ayuntamiento y que les pone en evidencia.

La Sra. Alcaldesa-Presidenta manifiesta que ese es un asunto sobre el que no quiere hablar porque la vista es en noviembre.

El Sr. Sánchez Gaitán pregunta reiteradamente sobre el asunto de la comunicación de la Junta sobre incompatibilidad.

Sobre el asunto de las retribuciones de la Alcaldía expone que ella no tuvo retribución hasta 2008 y que tiene que ser consecuente con lo que opina y que tiene que dar ejemplo.

Por lo tanto, la propuesta del Equipo de Gobierno que se somete a votación sobre las dedicaciones exclusivas es la siguiente:

1º. Dedicaciones exclusivas (artículo 75 Ley 7/1985 de 2 abril)

Alcaldía. Dedicación exclusiva.

Retribución mensual: 2.465,20 €

Retribuciones anuales (14 pagas): 34.512,80 €

1º Teniente de Alcaldía: Dedicación exclusiva.

Retribución mensual: 1.417,30 €

Retribuciones anuales (14 pagas): 19.842,20 €

2º. Revisión anual con ocasión de la aprobación del presupuesto del Ayuntamiento.

Vista misma y resultando empate en la primera votación por el voto a favor de los miembros del Grupo del PSOE (4 votos), el voto en contra de los miembros del Grupo de IULV-CA (4 votos) y la abstención de los 3 miembros del Grupo del PP, la Presidencia solicita nueva votación, resultando aprobada aquélla con el mismo resultado y el voto de calidad de la Alcaldesa-Presidenta.

En El Carpio, 1 de septiembre de 2015. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa-President

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