Boletín nº 183 (22-09-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera

Nº. 5.625/2015

El Pleno de este Ilustre Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de julio de 2015, tomó conocimiento de la Providencia presentada por el Sr. Alcalde-Presidente de 17 de julio de 2015, en la que renuncia a las retribuciones correspondientes al desempeño en régimen de dedicación exclusiva del cargo de Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera.

A continuación se transcribe literalmente dicha Providencia.

PROVIDENCIA DE ALCALDÍA

Don Francisco Juan Martín Romero, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera,

EXPONE

1º. Que actualmente desempeño los cargos de Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera y de Diputado delegado de Comunicación y Nuevas Tecnologías, en la Excma. Diputación Provincial de Córdoba.

2º. Que el pasado día 15 de julio 2015, el Pleno de Organización de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, acordó que desempeñará en régimen de dedicación exclusiva mi cargo de Diputado Delegado de Comunicación y Nuevas Tecnologías, lo que supone que desde el día 16 de julio percibiré retribuciones por dicho motivo con cargo a la Corporación Provincial, institución que a partir de dicha fecha me ha dado de alta en la Seguridad Social, haciéndose cargo del pago de las cuotas empresariales correspondientes.

3º. Por otro lado el Pleno de Organización del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, celebrado el día 8 de julio de 2015, acordó que desempeñará mi cargo de Alcalde-Presidente de la Corporación, con dedicación exclusiva y con efectos retroactivos desde el día 13 de junio de 2015, lo que supone que, desde esta última fecha estoy siendo retribuido por este Ayuntamiento, el cual me tiene dado de alta en la Seguridad Social y paga las cuotas empresariales correspondientes.

4º. De conformidad con el artículo 75.1 párrafo 2º la percepción de retribuciones por el ejercicio de cargos públicos locales en régimen de dedicación exclusiva será incompatible con la de otras retribuciones con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas y de los entes, organismos o empresas de ellas dependientes, así como para el desarrollo de otras actividades, todo ello en los términos de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicios de las Administraciones Públicas.

Visto el artículo 10 de la Ley 53/1984, que nos dice que quienes accedan por cualquier título a un nuevo puesto de trabajo del sector público que con arreglo a esta Ley resulte incompatible con el que vinieran desempeñando habrán de optar por uno de ellos dentro del plazo de toma de posesión.

Hay que tener en cuenta que, en el caso de los cargos públicos locales, la renuncia no se entiende referida al cargo sino a las retribuciones que el mismo conlleva.

En base a lo anterior,

HE RESUELTO:

Primero. Renunciar, con fecha 15 de julio de 2015, a las retribuciones que me corresponden por el desempeño, en régimen de dedicación exclusiva, del cargo de Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera, por resultar incompatibles con las retribuciones que percibiré, a partir del día 16 de julio de 2015, por el desempeño de mi cargo de Diputado Provincial delegado de Comunicación y Nuevas Tecnologías.

Segundo. Que igualmente el Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera proceda a darme de baja en la Seguridad Social y a dejar de pagar las cuotas empresariales correspondientes al ejercicio de mi cargo de Alcalde en régimen de dedicación exclusiva desde dicha fecha (15/07/2015).

Tercero. Que al tener su causa la presente renuncia en la incompatibilidad de las dos retribuciones públicas, en el supuesto de dejar de percibir retribuciones por el desempeño en régimen de dedicación exclusiva de mi cargo en la Diputación Provincial, volvería a percibir las retribuciones correspondientes al desempeño del cargo de Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera en régimen de dedicación exclusiva, debiendo comunicar al Ayuntamiento, de forma fehaciente, dicha circunstancia.

Cuarto. Poner la presente renuncia en conocimiento del Pleno en la primera sesión que se celebre.

Quinto. Dar traslado de la presente renuncia al Negociado de Personal, a la Señora Interventora, a la Sra. Tesorera y al Sr. Secretario General, a fin de que realicen las gestiones oportunas para dar cumplimiento a la misma.

Aguilar de la Frontera, 11 de septiembre de 2015. El Alcalde, Fdo. Francisco Juan Martín Romero.

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