Boletín nº 187 (28-09-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Puente Genil

Nº. 5.671/2015

Por el Sr. Alcalde se ha dictado, con fecha 16/07/15, la siguiente resolución:

DECRETO: Por Decreto de la Alcaldía de fecha 19/06/15, se resolvió delegar en el Sr. Concejal Delegado de Infraestructuras y Urbanismo, la facultad de dirigir e inspeccionar los servicios correspondientes a Urbanismo, Obras, Transporte, Agua, Alumbrado y Cementerio, correspondiendo en lo que atañe a Obras y Urbanismo la potestad de resolver mediante actos administrativos en las materias derivadas de la competencia de la Alcaldía y resolución de recursos de reposición. Asimismo por Decreto de 19/06/15 se resolvió delegar en la Junta de Gobierno Local, entre otras, las siguientes atribuciones:

1. Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y las obras municipales (artículo 21.1.d) LRBRL).

15. Todas aquellas otras que la legislación del Estado o de la Comunidad Autónoma asigne al Municipio y no atribuyan al Ayuntamiento Pleno, siempre que sean susceptibles de delegación.

Considerando que puede existir solapamiento en las delegaciones realizadas, en lo que se refiere a los servicios correspondientes a las materias indicadas en el ámbito competencial del Sr. Concejal Delegado de Infraestructuras y Urbanismo, así como en obras municipales, en lo que se refiere a su dirección, inspección e impulsión y que, igualmente puede existir solapamiento, con las atribuciones del apartado 15 antes citado, a la Junta de Gobierno Local en lo que hace a concesión de licencias de obras y resolución de calificación ambiental, en tanto asignadas al municipio sin atribuirlas al Ayuntamiento Pleno, y la que se delega en el Sr. Concejal Delegado antes dicho para dictar resolución en materia de obras y urbanismo.

Por la presente HE RESUELTO:

1. Revocar la Delegación realizada por Decreto de la Alcaldía de 19/06/15 a favor de la Junta de Gobierno Local en lo que se refiere a las siguientes atribuciones:

1) Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y las obras municipales.

2) La concesión de licencias de obras y resolución de calificación ambiental en cuanto se entienden comprendidas en el apartado 15 del Decreto de delegación que se revoca.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Puente Genil, a 15 de septiembre de 2015. Firmado electrónicamente por el Secretario General Accidental, Pedro Díaz Gómez.

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