Boletín nº 191 (02-10-2015)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Pedroche
Nº. 5.774/2015
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de 27 de agosto de 2015, sobre el expediente de modificación de créditos número 3/2015 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado cargo nuevos o mayores ingresos efectivamente recaudados sobre los totales previstos en algún concepto del presupuesto corriente, que se hace público resumido por capítulos:
Presupuesto de Gastos |
|||
CAP. |
DESCRIPCIÓN |
CONSIGNACIÓN INICIAL |
CONSIGNACIÓN DEFINITIVA |
6 |
Inversiones reales |
35.000,00 |
39.203,67 |
TOTAL |
35.000,00 |
39.203,67 |
|
Presupuesto de Ingresos |
|||
CAP. |
DESCRIPCIÓN |
CONSIGNACIÓN INICIAL |
CONSIGNACIÓN DEFINITIVA |
8 |
Activos financieros |
0,00 |
4.088,70 |
3 |
Tasas, precios públicos y otros ingresos |
100,00 |
114,97 |
TOTAL |
100,00 |
4.203,67 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Pedroche, a 29 de septiembre de 2015. El Alcalde, Fdo. Santiago Ruiz García.