Boletín nº 196 (09-10-2015)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 5.879/2015

La Junta de Gobierno de esta Excma. Diputación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de septiembre de 2015 ha adoptado, entre otros, el siguiente acuerdo según consta en el borrador del acta, aún pendiente de aprobación y a reserva de los términos que de ésta resultaren:

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ESTANCIA Y REALIZACIÓN DE CURSOS DE IDIOMAS EN PAÍSES DE LA UNIÓN EUROPEA PARA JÓVENES DESEMPLEADOS DE CÓRDOBA Y PROVINCIA, EN EL MARCO DEL PROGRAMA ELMER IDIOMAS, DEL DEPARTAMENTO DE JUVENTUD DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA

ELMER IDIOMAS es un programa, para jóvenes mayores de 18 años, desempleados y desempleadas de Córdoba y provincia, que ofrece la oportunidad de realizar formación lingüística en otros países europeos.

Tiene por finalidad contribuir a que las personas se adapten a las exigencias del mercado laboral a escala comunitaria, alcancen aptitudes específicas y mejoren sus competencias de comunicación en el entorno social y cultural del país en cuestión, al mismo tiempo que adquieren formación lingüística.

La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de ayudas para la realización de actividades de movilidad para la formación en idiomas en países de la Unión Europea para jóvenes en régimen de concurrencia competitiva, con el fin de garantizar los principios básicos de publicidad, concurrencia, transparencia y objetividad.

1. Normativa aplicable

Con independencia de las especificaciones que se indican en la presente Convocatoria, la regulación de la misma se contiene en:

- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Bases para la Ejecución del Presupuesto General de la Diputación Provincial de Córdoba para el Ejercicio 2015.

- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las de Derecho Privado.

2. Objeto, condiciones y finalidad

El objeto de la presente convocatoria es la regulación de las subvenciones a conceder a jóvenes desempleados de Córdoba y provincia, para el pago de los billetes de avión, alojamiento, manutención, matrícula y curso de formación en idiomas, de al menos 80 horas de duración, con el objetivo de la adquisición de competencias lingüísticas.

Los interesados en participar en el programa deberán presentar la documentación en los modelos normalizados que estarán a su disposición en la página web de Diputación de Córdoba, junto con la Propuesta formativa debidamente cumplimentada por la entidad donde vaya a realizar el curso de idiomas, ya que deberán contactar directamente con la entidad de formación de su interés.

La propuesta deberá ser aceptada por el Departamento de Juventud teniéndose en cuenta la idoneidad de la formación propuesta. No pudiendo bajo ningún concepto simultanear esta beca con otra beca de movilidad.

Una vez concedida la ayuda en la resolución definitiva, el beneficiario deberá concretar la fecha de la formación, teniendo en cuenta que esta debe de estar finalizada y justificada en el plazo de un año.

3. Presupuesto total y aplicación presupuestaria

La dotación económica de la beca consiste en una ayuda al participante que cubrirá parte de los gastos de viaje, curso de idiomas, alojamiento y manutención.

Presupuesto destinado a esta convocatoria es de 120.855 € con cargo a la aplicación presupuestaria de 565 3371 481.01.

La cantidad del importe de subvención ELMER para un mínimo de 4 semanas de formación será de 1.000 €. Teniendo en cuenta que semanalmente deberá cursar 20 horas. De esta cantidad se detraerá las retenciones fiscales que correspondan.

Los países donde se podrán realizar las prácticas serán: Austria, Dinamarca, Finlandia, Francia, Irlanda, Italia, Liechtenstein, Noruega, Reino Unido, Suecia, Alemania, Bélgica, Chipre, Croacia, Eslovenia, Grecia, Holanda, Islandia, Luxemburgo, Portugal, República, Checa, Turquía, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Bulgaria, Eslovaquia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia y Rumania.

La subvención incluye:

Billetes de ida y vuelta

Las personas beneficiarias de las ayudas deben comprar sus propios billetes de viaje y conservar los justificantes de dichas compras.

Matrícula y/o curso de formación:

Curso de formación en idiomas de 20 horas lectivas semanales en países donde dicho idioma sea lengua oficial, (mínimo de 80 horas).

Alojamiento

En cuanto al alojamiento en el país de destino, serán los propios becarios quienes deberán encargarse de su búsqueda, si bien cuenta, en la medida de lo posible, con la orientación del personal de la Delegación de Juventud.

Seguros

Además de la dotación económica la beca incluye un seguro que Diputación contrata a cada persona becada, y que cubre accidentes, responsabilidad civil y asistencia en viaje. Los costes de este seguro se realizaran con cargo al presupuesto de 120.855 €, con cargo a la aplicación presupuestaria de 565 3371.481.01 "Becas a Jóvenes experiencia laboral en Europa ELMER DIPUTACIÓN". Independientemente de la suscripción de dicha póliza, el becario deberá solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea, certificado provisional o la cobertura equivalente si cuenta con seguro médico privado.

4. Procedimiento de concesión

La concesión de las ayudas a que se refiere la presente convocatoria se realizará en régimen de concurrencia competitiva.

5. Duración

La duración de las estancias será de al menos 4 semanas. (80 horas lectivas)

6. Requisitos de los/as beneficiarios/as y forma de acreditarlos

Para concurrir a estas ayudas será necesario que los/as aspirantes, referidos al día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:

1. Personas nacidas o empadronadas en la provincia de Córdoba.

2. Jóvenes entre mayores de 18 años y menores de 30 años, ambos inclusive.

3. Titulación mínima de acceso: Bachiller, ciclo formativo grado medio de FP, grado medio de artes plásticas y diseño o técnico deportivo de grado medio.

4. Estar en situación de desempleo.

5. Poseer la capacidad funcional para realizar la actividad.

6. NO percibir ayudas adicionales para el mismo concepto de otra institución para el mismo periodo de tiempo.

No podrán obtener la condición de beneficiarios los/as jóvenes en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ni aquellas que no se encuentren al corriente con la Diputación Provincial de Córdoba en la justificación de subvenciones concedidas con anterioridad.

7. Plazo y lugar de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes es de un mes, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Se prevén dos procedimientos de presentación:

1. Los interesados que dispongan de certificado reconocido de firma electrónica, según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, podrán presentar su solicitud en el Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Córdoba, en los términos que expone el artículo 7º del Reglamento del Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Córdoba.

- El acceso a la tramitación electrónica estará disponible desde la sede electrónica de la Diputación de Córdoba, en la dirección www.dipucordoba.es/tramites y se realizarán a través del formulario electrónico habilitado al efecto, que contendrá la misma información que figura en la solicitud y anexos de la convocatoria. El modelo será cumplimentado de acuerdo con las instrucciones y controles establecidos por la aplicación informática.

- Las solicitudes irán firmadas electrónicamente por el/la interesado, proporcionando el Registro Electrónico documento de acuse de recibo de la transacción realizada en los términos que refleja el artículo 6º del Reglamento citado.

- Con el fin de asegurar la identidad de la persona solicitante, para el acceso a la tramitación electrónica se requerirá estar en posesión de Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe) o certificado digital reconocido de persona física, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. La información sobre los requisitos y medios para obtener el certificado digital de usuario está disponible en la dirección electrónica de la Diputación Provincial de Córdoba (ww

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  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
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