Boletín nº 234 (02-12-2015)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 7
Sevilla

Nº. 6.531/2015

Juzgado de lo Social Número 7 de Sevilla

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 222/2015

De: Fundación Laboral de la Construcción

Contra: Construcciones Leiva SL

 

DOÑA Mª CONCEPCION LLORENS GÓMEZ DE LAS CORTINAS, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 7 DE SEVILLA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 222/2015 a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Construcciones Leiva SL, sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Auto de fecha 20/10/15 del tenor literal siguiente:

"Dispongo: Dar orden general de ejecución contra Construcciones Leiva SL, a instancias de la Fundación Laboral de la Construcción, por importe de 338,03 euros de principal más otros 112,68 euros presupuestados provisionalmente y sin perjuicio de ulterior liquidación para intereses y costas.

Se autoriza la consulta de las bases de datos de las aplicaciones informáticas instaladas en este Juzgado de la Administración Tributaria y de la Dirección General de Tráfico a fin de recabar información sobre los bienes que aparezcan como de la titularidad de la ejecutada sobre los que trabar embargo o localización de la misma.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de su derecho a oponerse conforme a lo establecido en el fundamento tercero de esta resolución.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma el Ilmo. Sr. Don Carlos Mancho Sánchez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Numero 7 de Sevilla. Doy fe."

Igualmente, se ha dictado Decreto de fecha 16/11/15 con la siguiente Parte Dispositiva:

Acuerdo:

Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de la demandada Construcciones Leiva SL, por la suma de 338,03 euros en concepto de principal, más la de 112,68 euros calculados para intereses y gastos, por la que se ha despachado esta ejecución en el anterior auto, y al encontrarse el mismo en paradero desconocido requiérase a la parte ejecutante a fin de que en el plazo de 10 días señale bienes, derechos o acciones propiedad de dichas ejecutadas que puedan ser objeto de embargo.

Sin perjuicio de lo anterior, habiéndose practicado la averiguación patrimonial se decreta el embargo de los siguientes bienes:

-Se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otros productos bancarios, que el demandado mantenga o pueda contratar con las entidades bancarias que aparecen en la base de datos instalada en este Juzgado y, en concreto, con la Caja Rural del Sur Sociedad Cooperativa de Crédito y Banco Popular, hasta cubrir el principal e intereses y costas, haciéndose dicho embargo telemáticamente a través del punto neutro judicial. En el caso de que la retención ordenada afecte a salario, sueldos, pensiones, jornales o retribuciones se les aplicará los límites previstos en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Igualmente, se decreta el embargo de las cantidades que a la ejecutada le deban ser devueltas por Hacienda como consecuencia de la liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido o cualquier otro impuesto, debiendo quedar retenidas hasta cubrir las cantidades adeudadas y transferidas a la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, realizándose dicho embargo a través de la aplicación informática instalada en este Juzgado.

Por último, se decreta el embargo del sobrante o remanente que pudiera resultar en la Ejecución Hipotecaria número 1684/10 del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Fuengirola; en el Expediente número 14 01 09 00022066 de la TGSS; en la Diligencia de Embargo número 141023300930N de la AEAT; en el Expediente acumulativo de débitos número 45,501 del Ayuntamiento de Mijas, en cuantía suficiente a cubrir las cantidades adeudadas en la presente ejecución por principal e intereses legales y costas presupuestadas, para cuya efectividad se librarán los despachos oportunos, interesando la puesta a disposición de este Juzgado en la presente Ejecución de las cantidades resultantes, y haciendo constar las preferencias de que gozan los créditos salariales a tenor de lo dispuesto en el artículo 32 del Estatutos de los Trabajadores.

Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 155.5 de la LEC, si cambiasen su domicilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similar siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la oficina judicial durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente a la misma.

Notifíquese esta resolución al/los ejecutado/s, junto con el Auto de orden general de ejecución, con entrega de copia de la demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamientos, para que, en cualquier momento pueda/n personarse en la ejecución".

Y para que sirva de notificación al demandado Construcciones Leiva SL, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a 16 de noviembre de 2015. La Letrada de la Administración de Justicia, firma ilegible.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad