Boletín nº 238 (10-12-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villaralto

Nº. 6.643/2015

Publicado en el BOP número 206, de fecha 26 de octubre de 2015, anuncio de aprobación inicial de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 16 de octubre de 2015, de aprobación inicial de la referida Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, cuyo texto íntegro se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

Artículo 1º.

De conformidad con lo previsto en el artículo 72 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, el tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles aplicable en este municipio queda fijado en los términos que se establecen en el artículo siguiente.

Artículo 2º.

1. El tipo de gravamen del Impuesto de Bienes Inmuebles aplicable a los bienes de naturaleza urbana queda fijado en el 0,78%.

2. El tipo de gravamen del Impuesto de Bienes Inmuebles aplicable a los bienes de naturaleza rústica queda fijado en el 0,30%.

Disposición Final

La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y comenzará a aplicarse a partir del día 1 de enero de 2016, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

En Villaralto a 2 de diciembre de 2015. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Ángel Gómez Fernández.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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