Boletín nº 243 (17-12-2015)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 6.768/2015

El Pleno de esta Excma. Diputación en sesión ordinaria celebrada el día 18 de noviembre de 2015, ha acordado fijar el precio público correspondiente a la cuota de inscripción de los participantes en las Jornadas de Ocio y Formación en Valores en las Instalaciones del Albergue de Cerro Muriano (NAVIDAD15:#NOSVEMOSENELMURIANO), en 50 euros.

El anterior precio público se fija por debajo del coste de la actividad atendiendo a razones sociales, benéficas, culturales o de interés público, de conformidad con lo previsto en el artículo 44.2 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

El presente Acuerdo se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por tratarse de un acto que tiene por destinatarios a una pluralidad indeterminada de personas.

Contra la anterior resolución, que, según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso de Reposición, con carácter previo al Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Pleno de la Excma. Diputación Provincial, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al que reciba la presente notificación, tal y como dispone el artículo 14.2.C) del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

El recurso se entenderá desestimado si, transcurrido el plazo de un mes desde su interposición, no ha recaído resolución sobre el mismo, según establece el artículo 14.2.L) del Texto Refundido citado.

En tal caso, y según el artículo 14.2.Ñ) del mismo Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, según lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, reformado por la D.A. 14ª de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con la normativa invocada anteriormente, se produzca el acto presunto tal y como establece el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, antes citada.

Córdoba a 11 de diciembre de 2015. Firmado electrónicamente: El Presidente, Antonio Ruiz Cruz.

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