Boletín nº 244 (18-12-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 6.811/2015

Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 10 de noviembre de 2015, se adoptó el acuerdo 266/15 de aprobación inicial de modificación de crédito del Presupuesto del año 2015.

Habiendo transcurrido el plazo establecido, se ha presentado reclamación contra dicho acuerdo. Conocida la misma por el Pleno Municipal, se ha adoptado el acuerdo de inadmisión de esta de acuerdo con el artículo 170.2 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, y la aprobación definitiva del siguiente:

Acuerdo nº 266/15

Primero: Aprobar inicialmente la modificación presupuestaria en el Presupuesto del año 2015 mediante la concesión de un suplemento de crédito por importe de 1.500.000,00 euros en las aplicaciones que a continuación se detallan:

EMPLEOS:

Aplicación

Denominación

Importe

Z B31 4411 44900 0

AUCORSA. Subvención déficit

  750.000 euros

Z E10 4411 44200 0

SS. Transferencia a AUCORSA.

Transporte Gratuito de Mayores

  600.000 euros

Z E20 4411 44200 0

Educación y Fomento Activ. Recreativas.

Bono Joven AUCORSA

  150.000 euros

TOTAL

1.500.000 euros

RECURSOS:

Concepto

Importe

Bajas en las aplicaciones

Z B31 4411 44200 0 Transferencia. METROTREN

  475.000 euros

Z B22 3410 71001 0 Transf. IMDECO Polideportivo de la Juventud

  700.000 euros

Z C30 4320 62700 0 Turismo. Plan Turismo Grandes Ciudades

  325.000 euros

TOTAL

1.500.000 euros

Segundo: Someter la tramitación del expediente a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad establecidos para la aprobación de los presupuestos, según determinan los artículos 177.2 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y 38 del R.D. 500/90, considerándose definitivamente aprobado de no existir reclamaciones.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 171.1 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, contra los anteriores Acuerdos los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el B.O.P. y ello sin perjuicio de que puede ejecutar cualquier acción que se considere conveniente.

Córdoba a 16 de diciembre de 2015. Firma electrónica de la Teniente de Alcalde-Delegada de Participación Ciudadana, Hacienda, Salud y Consumo y Vivienda, Alba María Doblas Miranda (Decreto Núm. 7558/15). Vº Bº: Firma electrónica del Secretario General del Pleno, Valeriano Lavela Pérez.

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