Boletín nº 248 (28-12-2015)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Pozoblanco
Nº. 6.842/2015
No habiéndose formulado reclamación o reparo alguno contra el expediente de modificación de determinadas ordenanzas fiscales para el ejercicio 2016, aprobado por este Ayuntamiento, con carácter provisional, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de octubre de 2015 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº. 212, de fecha 03/11/2015; se entiende definitivamente adoptado el acuerdo, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
A continuación se inserta el texto íntegro de las modificaciones:
IMPUESTOS MUNICIPALES
Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana
Nueva redacción del artículo 12.2.
El tipo de gravamen, cuando se trate de bienes de naturaleza urbana, será 0,75%.
Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
Nueva redacción del artículo 14.2.
Cuando el incremento de valor se manifieste por causa de muerte respecto de la transmisión de la propiedad de la vivienda habitual del causante, o de la constitución o transmisión de un derecho real de goce limitativo de dominio sobre dicho bien:
- A favor de los cónyuges: Bonificación de la cuota: 95%, siempre y cuando el total del valor del suelo de las propiedades inmobiliarias del matrimonio, a título privativo o ganancial, no supere la cifra de 60.000,00 euros.
- Resto de casos: Bonificación de la cuota: 30%.
TASAS MUNICIPALES
Tasa por Suscripción a diversas Revistas Municipales
Suscripción al libro de feria: 1,00 euro.
El apartado b) queda derogado.
Tasa por Suministro de Agua
Tarifas para el ejercicio 2016
A |
Cuota fija o de servicio |
5,730228 euros/abon*trim. |
B |
Cuota variable o de consumo |
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Usos doméstico y comercial |
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Hasta 15 m³/trimestre |
0,436896 euros/m³ |
|
Más de 15 m³ y hasta 45 m³/trim. |
0,743659 euros/m³ |
|
Más de 45 m³/trim. |
1,459110 euros/m³ |
|
Uso industrial / consorcio |
||
Hasta 60 m³ |
0,843151 euros/m³ |
|
Más de 60 m³ |
0,858346 euros/m³ |
|
Uso benéfico |
0,606146 euros/m³ |
|
Uso social |
0,683406 euros/m³ |
|
Usos especiales |
0,378085 euros/m³ |
Tasa por Ocupación del Subsuelo, Suelo y Vuelo de la Vía Pública
Nueva redacción del artículo 4 punto 3 de la citada Ordenanza:
Se crea la Tarifa quinta:
Por cada cajero automático instalado en las fachadas de los edificios de las entidades financieras, al año: 600,00 euros.
Pozoblanco a 14 de diciembre de 2015. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Emiliano Reyes Pozuelo Cerezo.