Boletín nº 248 (28-12-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera

Nº. 6.865/2015

Resuelto el Procedimiento de concesión de subvenciones a asociaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro de Aguilar de la Frontera en régimen de concurrencia competitiva para el año 2015, y de conformidad con lo dispuesto en la Base 12ª de las de la convocatoria, se publica un extracto de la resolución, con indicación de las subvenciones concedidas:

Asociación

Punt.

Importe de

subvención

1. Al-Andalus

27

  791,53 €

2. Ornitológica Aguilarense

19

  508,95 €

3. Jesús y Los Niños

45

1.319,22 €

4. Adfisysa

70

2.700,00 €

5. Centro Filarmónico Aguilarense

45

  885,50 €

6. Sociedad De Cazadores y Club Peña El Coto

57

1.671,00 €

7. Club Ciclista Aguilarense

54

1.933,96 €

8.Atletismo Amo Alla

53

1.553,75 €

9. Fuente Nueva para la Prevención y Ayuda contra la Drogadicción

71

2.432,33 €

10. Maestro Valero por la Música y Cultura

49

1.436,48 €

11.Peña Carnavalesca Soñadores de Febrero

31

  908,79 €

12.Cruz de Malta de Aguilar de la Frontera

38

1.114,00 €

13. Veteranos de Aguilar

16

  469,05 €

14. Belenistas y Amigos de los Reyes Magos

54

1.933,96 €

15. Amigos de la Halterofilia

52

1.116,00 €

16. Camerata Ipagro

43

  848,00 €

17. Músico Cultural Santa Cecilia

47

1.140,00 €

18. Asociación Cultural Mis Niñas

22

  644,95 €

19. Mujeres de Poley

31

  397,92 €

20. Fibromialgia Poley

59

1.729,64 €

21. Onlysport

38

1.464,91 €

La justificación de la actividad subvencionada deberá realizarse de conformidad con el artículo 24 de la Ordenanza General de Subvenciones, a cuyo efecto las entidades subvencionadas deberán presentar la documentación justificativa en el plazo de tres meses desde la finalización de la última actividad subvencionada y, en todo caso, dentro del ejercicio presupuestario vigente (antes del 31 de diciembre de 2015).

Aguilar de la Frontera a 14 de diciembre de 2015. El Alcalde, Fdo. Francisco Juan Martín Romero.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad