Boletín nº 249 (29-12-2015)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Adamuz
Nº. 6.888/2015
Doña Manuela Bollero Calvillo, Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de Adamuz, hace saber:
Que no habiéndose formulado reclamación contra el expediente de modificación de Ordenanzas Fiscales para el ejercicio 2016, aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 4 de noviembre de 2015 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 215 de 6 de noviembre de 2015, por lo que se entiende definitivamente aprobado el acuerdo, conforme a lo establecido en el artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Contra este acuerdo se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a partir de la publicación del mismo en el Boletín Oficial de la Provincia.
A continuación se insertan las modificaciones de las Ordenanzas objeto de este acuerdo, de conformidad con lo regulado en el artículo 17.4 del RD 2/2004, de 5 de marzo:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
Artículo 8. Tipo de gravamen y cuota
El tipo de gravamen y cuota:
a. Para los bienes inmuebles de naturaleza urbana el 0,68%.
b. Para los bienes inmuebles de naturaleza rústica el 1%.
c. Para todos los grupos de bienes inmuebles de características especiales el 1,3%.
(Ordenanza específica).
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PÚBLICO POR OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA CON MESAS Y SILLAS
Artículo 6. La cantidad a liquidar y exigir por esta tasa se obtendrá de aplicar la vigente tarifa.
6.1. Por m² y anualidad: 3 €.
6.2. Por m² y temporalidad, entendiéndose por temporada los meses de mayo a septiembre: 2,75 €.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y RESERVA DE APARCAMIENTOS
Artículo 6. La cantidad a liquidar y exigir por esta tasa se obtendrá de la cantidad resultante de aplicar las tarifas siguientes:
6.1. Por entrada de vehículos a través de las aceras y reserva de aparcamiento:
6.1.1. Por entrada en edificio o cochera particular: 20 €.
6.1.2. Por entrada en talleres de reparación de vehículos: 55 €.
6.2. Por cada entrada en local, garajes comerciales o industriales destinados a vehículos:
6.2.1. De 2 a 4 plazas de cochera: 60 €.
6.2.2. De 5 a 7 plazas de cochera: 85 €.
6.2.3. De 8 hasta 12 plazas de cochera: 140 €.
6.2.4. Por cada plaza de más de doce: 8 €.
6.3. Por reserva de aparcamiento exclusivo en la vía pública:
6.3.1. Por metro lineal o fracción: 6 €.
En Adamuz, a 18 de diciembre de 2015. La Alcaldesa-Presidenta, Fdo. Manuela Bollero Calvillo.