Boletín nº 251 (31-12-2015)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montalbán

Nº. 6.985/2015

Una vez finalizado el periodo de exposición pública sin que se hubiesen presentado reclamaciones, se entienden definitivamente aprobada la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Suministro de Agua Potable incluidos derechos de enganche, colocación de contadores e instalaciones análogas, y por Prestación del Servicio de Alcantarillado y Vertido de aguas especiales respectivamente, cuya aprobación inicial fue realizada por el Pleno del Ayuntamiento de Montalbán en sesión extraordinaria celebrada el día 19 de noviembre de 2015, procediéndose de conformidad con el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales a la publicación del Texto Integro de la modificación de la citada Ordenanza Fiscal.

TEXTO MODIFICADO DE LA ORDENANZA FISCAL Nº 12 REGULADORA DE LA TASA POR SUMINISTRO DE AGUA POTABLE INCLUIDOS DERECHOS DE ENGANCHE, COLOCACIÓN DE CONTADORES E INSTALACIONES ANÁLOGAS, Y POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Y VERTIDO DE AGUAS ESPECIALES

Artículo 2. Obligados al pago.

Régimen Económico

Concepto IVA excluido

Tabla 1: Tarifas-Cuota Servicio: incremento del 5% en todos los calibres.

Calibre contador (mm)

€/trimestre

5%

€/trimestre

13

1,34

0,067

1,41

15

1,36

0.068

1,43

20

1,45

0.073

1.52

25

1,58

0.079

1,66

30

1,79

0,090

1,88

40

1,94

0,097

2,04

50

1,94

0,097

2,04

65

1,94

0,097

2,04

80

1,94

0,097

2,04

Tabla 2: Cuota de Consumo:

Domésticos:

Bloque 1: de 0 a 20 m³: incremento del 5%.

Bloque 2: de 20 a 30 m³: incremento del 5%.

Bloque 3: de 30 a 50 m³: incremento del 15%.

Bloque 4: más de 50 m³: incremento del 15%.

Bloques

Tramos

€/m³

Incremento

€/m³

1

de 0 a 20 m³

0,3682

5% ( 0,0184)

0,3866

2

de 20 a 30 m³

0,5263

5% ( 0,0263)

0,5526

3

de 30 a 50 m³

0,6656

15%(0,0998)

0,7654

4

más de 50 m³

0,8160

15% (0,1224)

0,9384

Industrial:

Bloque 1: de 0 a 25 m³: incremento del 5%.

Bloque 2: de 25 a 50 m³: incremento del 5%.

Bloque 3: de más de 50 m³: incremento del 5%.

Bloques

Tramos

€/m³

Incremento 5%

€/m³

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