Boletín nº 1 (04-01-2016)
IV. Junta de Andalucia
Consejería de
Economía y Conocimiento
Delegación Territorial de Córdoba
Nº. 5.694/2015
Resolución de la Delegación Territorial en Córdoba de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía por la que se concede Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto de Instalación Eléctrica de Alta Tensión.
Expediente AT 1/2015
Antecedentes:
Primero: La entidad Endesa Distribución Eléctrica SL (unipersonal) solicita ante esta Delegación Territorial, la Autorización Administrativa y Aprobación del Proyecto denominado: Nuevo centro intemperie a 20 kV, y enlace a red existente, sito en Cortijo La Peña en el término municipal de Iznajar (Córdoba).
Segundo: En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades y preceptos legales aplicables y en concreto los trámites previstos en el Título VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, derogada por la Ley 24/2013, de 26 de diciembre del Sector Eléctrico.
Tercero: Por técnico perteneciente al Departamento de Energía de esta Delegación Territorial, ha sido emitido informe favorable, referente a la Autorización Administrativa y Aprobación del Proyecto anteriormente citado, suscrito por técnico competente.
Fundamentos de Derecho
Primero: Esta Delegación Territorial es competente para la tramitación y resolución del presente expediente, según lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 29 de diciembre, del Sector Eléctrico y el Reglamento actualmente de aplicación, aprobado mediante el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en relación con el Real Decreto 4164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Decreto de la Presidenta 12/2015 (BOJA número 117/2015, de 18 de junio), de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, Decreto 304/2015, de 28 de julio, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA número 147 de 30 de julio de 2015), así como en la Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de instalaciones eléctricas.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general ampliación, el Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación Territorial, PROPONE:
Conceder la Autorización Administrativa y Aprobación del proyecto a Endesa Distribución Eléctrica S.L. (unipersonal), para la construcción de las instalaciones incluidas en el proyecto, cuyas principales características se describen a continuación:
-Línea eléctrica.
Origen: Apoyo A 655266 Línea Algarinejo de Subestación Loja.
Final: Centro de transformación.
Tipo: Aérea.
Longitud (Km): 0,018.
Conductores: 27-Al1/4 ST 1ª.
Emplazamiento: Cortijo La Peña.
Término municipal: Iznájar (Córdoba).
-Centro de transformación.
Emplazamiento: Cortijo La Peña.
Término municipal: Iznájar (Córdoba).
Tipo: Intemperie.
Relación de transformación: 20.000/230-400 V.
Potencia (kVA): 50.
Esta Autorización y Aprobación se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece y las especiales siguientes:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
2. El plazo de puesta en marcha será de 24 meses contados a partir de la presente resolución.
3. Esta autorización se otorga sin perjuicio de las demás concesiones o autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables por otros organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas esta Delegación.
4. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial a efectos de reconocimiento definitivo y Resolución de Puesta en Servicio. Se adjuntará a la solicitud el certificado de dirección final de obra suscrito por técnico competente y el certificado de la empresa instaladora de alta tensión que ha ejecutado la instalación.
5. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
6. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
7. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
PROPUESTO:
El Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas, Manuel Ángel López Rodríguez.
Vista la anterior Propuesta de Resolución, esta Delegación Territorial resuelve elevarla a definitiva:
De acuerdo con el artículo 128.3 del Real Decreto 1955/2000, de 1 diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la presente Resolución deberá notifícarse al solicitante y a las Administraciones, organismos públicos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas; en la forma prevista en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndole que la misma no pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo, Empresa y Comercio en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común antes citada.
RESUELVE:
Córdoba, a 10 de septiembre de 2015. La Directora General de Industria, Energía y Minas (PD Resolución de 23 de febrero de 2005). Firmado electrónicamente por el delegado territorial, Manuel Carmona Jiménez.