Boletín nº 3 (07-01-2016)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montalbán

Nº. 6.855/2015

Don Miguel Ruz Salces, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba, hace saber:

Que visto que con fecha 15 de diciembre de 2015 tendrá lugar en el Salón de Plenos de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, la firma de la Addenda al Convenio de Colaboración suscrito el 21 de diciembre de 2010 entre el Instituto Provincial de Bienestar Social de Córdoba y el Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba para la gestión del Servicio Público Provincial de Ayuda a Domicilio durante el ejercicio 2016, y teniendo esta Alcaldía como representante del Ayuntamiento de Montalbán que comparecer ante la inspección del Departamento de Aplicación de los tributos, de la Agencia Tributaria de Andalucía, con sede en Sevilla calle Albareda, 18-20, ese mismo día, 15 de diciembre de 2015, a las 1200 horas, y ante la imposibilidad de poder atender ambas obligaciones.

En virtud de las atribuciones que me están conferidas por la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local, artículo 21, así como por el Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en su artículo 43 y siguientes

Resuelvo

Primero. Delegar en doña María del Rosario López Jiménez, Primer Teniente de Alcalde de este Ayuntamiento, la competencia que corresponde a esta Alcaldía en orden a la firma de la Addenda al Convenio de Colaboración suscrito el 21 de diciembre de 2010 entre el Instituto Provincial de Bienestar Social de Córdoba y el Ayuntamiento de Montalbán de Córdoba para la gestión del Servicio Público Provincial de Ayuda a Domicilio durante el ejercicio 2016.

Segundo. Notifíquese esta Resolución a la interesada para su conocimiento y efecto.

Tercero. Dar al Decreto la publicidad preceptiva de conformidad con lo que estipula el artículo 44.2 del ROF.

Montalbán, 14 de diciembre de 2015. El Alcalde, Fdo. Miguel Ruz Salces.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad