Boletín nº 7 (13-01-2016)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Palma del Río

Nº. 13/2016

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento de aprobación inicial del Reglamento de Funcionamiento y Régimen Interno del Centro de Innovación y Tecnología de Palma del Río, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

PROYECTO DE REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO Y REGIMEN INTERNO DEL CENTRO DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGIA DE PALMA DEL RIO (CIT)

Artículo 1. Objeto y finalidad

1. El presente Reglamento tiene por objeto regular el acceso, uso y funcionamiento de las infraestructuras y servicios ofertados por el CIT.

2. El contenido del Reglamento será, en todo caso, supletorio y no sustitutivo de cualquier normativa legal y de aplicación obligatoria o recomendada y del documento administrativo de concesión.

Artículo 2. Descripción del Centro de Innovación y Tecnología de Palma del Río

1. El edificio del Centro de Innovación y Tecnología de Palma del Río está ubicado en Polígono Industrial el Garrotal Oeste- Calle H- Esq. Calle M- Esq. Carretera de Fuente Palmara (A-440) Palma del Río. El edificio participa del carácter de bien de dominio público destinado a servicio público de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, artículo 79 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, y artículo 3 del Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de Entidades Locales de Andalucía.

2. El edificio está dotado de los siguientes elementos:

-Uso continuado:

CENTROS DE TRABAJO. El edificio cuenta con 6 centros de trabajo:

En Planta Baja:

Centro de trabajo 1 con una superficie de 66 m².

Centro de trabajo 2 con una superficie de 66 m².

Centro de trabajo 3 con una superficie de 73 m².

En Planta Primera:

Centro de trabajo 4 con una superficie de 66 m².

Centro de trabajo 5 con una superficie de 66 m².

Centro de trabajo 6 con una superficie de 57,70 m².

- Uso esporádico (régimen por hora/día):

SALAS. El edificio cuenta las siguientes salas:

Salón de Actos con una superficie de 173,81 m².

Sala de Reuniones 1 con una superficie de 35,27 m².

Sala de Coworking con una superficie de 35,17 m².

Sala de Informática con una superficie de 34,41 m².

Sala de Reuniones 2 con una superficie de 34,03 m².

Sala de Formación con una superficie de 45,98 m².

Y los siguientes elementos comunes del edificio

Ascensor.

Aseos.

Vestíbulo de acceso.

Ajardinamiento.

Plazas de aparcamientos.

Zonas de descanso: Espacios de 48,63 m², 58,90 m² y 43,65 m² dotado de mesas y sillas.

Artículo 3. Tablón de anuncios

1. En un sitio visible de la planta principal del inmueble, se fijará el tablón oficial de anuncios. En este tablón se exhibirán todas las disposiciones de régimen interno o de carácter general que sean de interés para los usuarios de los servicios prestados por el CIT.

Artículo 4. Servicios que implican un uso esporádico de espacios en el CIT

1. Se podrá hacer uso temporal (régimen por hora/día) de los espacios que a continuación se detallan, conforme a los precios establecidos en la Ordenanza reguladora del Precio Público por la Prestación de servicios en el CIT:

-Salón de Actos:

Espacio de 173,81 m², capacidad aproximada de 120 personas.

-Sala de Coworking:

Es un espacio de trabajo compartido dirigido a profesionales independientes, emprendedores y pequeña y mediana empresa; donde se fomente el intercambio, los contactos, experiencias, la colaboración en proyectos o simplemente compartir el tiempo de trabajo y fomentar sinergias entre los diferentes profesionales que allí se establezcan.

-Sala de Reuniones 1:

Espacio con capacidad para 10 personas adecuado para recibir clientes, proveedores, celebrar reuniones, videoconferencias, ect.

-Sala de Informática:

Espacio con capacidad para 13 personas adecuado para desarrollo de jornadas, seminarios, cursos formativos.

-Sala de Reuniones 2:

Espacio con capacidad para 10 personas adecuado para recibir clientes, proveedores, celebrar reuniones, videoconferencias, etc.

-Sala de Formación:

Espacio con capacidad para 30 personas adecuado para la impartición de cursos, jornadas, seminarios, y la realización de eventos para grupos,&

Artículo 5. Custodia de llaves

1. Se cederá a cada beneficiario de los Centros de Trabajo, dos copias de la llave de la puerta del módulo cedido, y otras dos de la cancela y de la puerta lateral de acceso a la zona de los Centros de Trabajo, siendo responsabilidad de cada concesionario el perfecto uso de las instalaciones.

2. Las copias de llaves serán realizadas por el Ayuntamiento de Palma del Río, quedando totalmente prohibida la realización particular de copias adicionales a las entregadas. En caso de ser necesarias un número mayor de llaves, en función del número de trabajadores de cada empresa, serán solicitadas por los interesados a la Delegación Municipal de Desarrollo Económico.

3. El usuario del Centro de Trabajo se responsabilizará de las llaves de la puerta de acceso lateral a los Centros de Trabajo, quedando obligado a cerrar la puerta cada vez que entren o salga del edificio, siendo responsable de los perjuicios que se originen en otro caso.

4. Por razones de seguridad y para su utilización en casos de emergencia o imperiosa necesidad, el Ayuntamiento dispondrá de una llave de acceso a los distintos Centros de Trabajo.

Artículo 6. Limpieza zonas comunes y Salas

1. Los usuarios del CIT estarán obligados a la conservación diligente de los espacios cedidos para su uso, y en general de todo el inmueble.

2. El Ayuntamiento de Palma del Río efectuará la limpieza y mantenimiento en general de las zonas comunes y salas del Edificio del Centro de Innovación y Tecnología de Palma del Río, y de los elementos instalados en el mismo (ascensor, mobiliario, etc), siendo deber inexcusable de las empresas instaladas de forma continua, mantener sus Centros de Trabajo en perfecto estado de limpieza, conservación y condiciones higiénicas.

Artículo 7. Procedimiento de acceso a las Salas del CIT

1. Podrán solicitar la prestación de los servicios ofrecidos por el CIT que implican un uso esporádico de sus espacios (Salas), las personas físicas, jurídicas o entidades carentes de personalidad jurídica, que realizan una actividad empresarial o profesional, así como las entidades sin ánimo de lucro que tengan entre sus objetivos el fomento del desarrollo económico y social.

2. El uso de las salas y del resto de elementos comunes se adjudicará por orden cronológico de petición en el Registro General de este Ayuntamiento.

3. Para el uso de las salas se establecerá un libro de reservas, y el procedimiento para formalizar la reserva será:

-Solicitud al CIT con una antelación de al menos 48 horas, salvo casos de especial urgencia, a valorar por la Coordinación del Centro.

-Valoración por el Coordinador del Centro para ver la disponibilidad, y en caso de ser afirmativa, se efectuará una reserva provisional durante 24 horas hasta la entrega del justificante que acredite el pago del precio establecido en la Ordenanza Fiscal reguladora del precio público por la prestación de servicios en el CIT.

-Formalización de reserva definitiva y recepción de normas de funcionamiento y régimen interno del Centro.

4. Una vez terminado su uso, deberán dejar los elementos y salas utilizados en perfectas condiciones de uso, respondiendo de los daños y desperfectos ocasionados.

Artículo 8. Horario de acceso al Centro

1. Las puertas del CIT permanecerán abiertas de 8:00 a 15.30 horas de lunes a viernes (excepto festivos).

2. A partir de ese horario, el acceso del público que acceda a cada uno de los Centros de Trabajo se hará a través de la puerta de acceso lateral, siendo éstas las responsables de la apertura y cierre de la puerta de acceso lateral con la entrada de cada visita.

3. Por Resolución de la Alcaldía se podrá autorizar, reducir o ampliar el horario o días de actuaciones en el Centro de Innovación y Tecnología, cuando razones de programación organizativa así lo aconsejen.

Artículo 9. Utilización de las salas y elementos comunes del CIT

1. Las superficies comunes deberán ser utilizadas de conformidad con el uso previsto para las mismas.

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Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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