Boletín nº 8 (14-01-2016)
VI. Administración Local
Mancomunidad
Campiña Sur Cordobesa
Córdoba
Nº. 6.859/2015
El Pleno de la Mancomunidad de Municipios Campiña Sur Cordobesa, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de noviembre de 2015, con fundamento en lo establecido en el artículo 75 apartado 3 y siguientes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, acordó:
Que las indemnizaciones a percibir por los cargos electos, que no tengan dedicación exclusiva ni parcial, por asistencia efectiva a los órganos colegiados de la Mancomunidad de los que formen parte, sean las siguientes:
-Asistencia a Plenos ordinarios y extraordinarios: 100 euros.
-Asistencia a Junta de Gobierno ordinaria y extraordinaria: 200 euros.
-Asistencia a Comisión Informativa Permanente de Hacienda, Portavoces y Asuntos Generales: 100 euros.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Aguilar de la Frontera, a 30 de noviembre de 2015. La Presidenta, Fdo. Francisca A. Carmona Alcántara.