Boletín nº 14 (22-01-2016)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Lucena
Nº. 60/2016
El Sr. Alcalde ha dictado el día 21 de diciembre el siguiente Decreto:
"Antecedentes.
1º. Examinados los expedientes instruidos en la extinguida A.P.A.L. Gerencia de Urbanismo por ejecuciones subsidiarias Colocación de vallado en las Bodegas del Carmen, Limpieza y vallado de solar en C/ Juan Muñoz de Castilla nº 13 y Demolición de un saliente ocupable recayente a calle Maestro Luis Rivas nº 22 en los que se ordenaba la ejecución subsidiaria de obras a costa de los propietarios de los inmuebles referenciados y que concluyeron con la ejecución de las mismas por la Administración por los importes que más abajo constan.
En la Contabilidad municipal existen saldos de operaciones no presupuestarias procedentes de ejercicios cerrados de los ejercicios 2003, 2004 y 2008 cuyo detalle es el siguiente:
Ejercicio |
Concepto no Presupuestario |
Operación no presupuestaria |
Obligado Tributario |
Importe |
2003 |
10023 |
Demolición de saliente en C/. Maestro Luis Rivas, 22 |
Teresa Durán Roldán, Araceli Sánchez Durán, Jerónimico Sánchez Durán y Manuel Sánchez Durán |
7.873,18 € |
2004 |
10022 |
Colocación de vallas en Bodegas del Carmen |
Productos Ecológicos Andaluces S.L. y Purificación Aragón Moreno |
17.226,00 € |
2008 |
10024 |
Limpieza y vallado de solar en C/ Juan Muñoz de Castilla nº 13 |
Proincor XXI S.L. |
1.151,88 €. |
Total |
26.251,06 € |
2º. Se ha comprobado que no existen actuaciones tendentes a la materialización del pago, por lo que transcurrido con creces el plazo de prescripción sin que existan actos que interrumpan la misma, procede tramitar el expediente correspondiente para realizar la baja en la contabilidad municipal de saldos de operaciones no presupuestarias procedentes de ejercicios cerrados que constan en el citado expediente con la finalidad de depurar los saldos, de forma que tanto el Presupuesto como la contabilidad reflejen la imagen fiel de la realidad económico-financiera del Ayuntamiento.
3º. El artículo 25 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, dispone que:
Salvo lo establecido por leyes especiales, prescribirán a los cuatro años:
1. b) El derecho a exigir el pago de las obligaciones ya reconocidas o liquidadas, si no fuese reclamado por los acreedores legítimos o sus derechohabientes. El plazo se contará desde la fecha de notificación, del reconocimiento o liquidación de la respectiva obligación.
3. Las obligaciones a cargo de la Hacienda Pública estatal que hayan prescrito, serán baja en las respectivas cuentas, previa tramitación del oportuno expediente.
Vengo a resolver:
Primero. Aprobar inicialmente el expediente colectivo de baja de saldos de operaciones no presupuestarias procedentes de ejercicios cerrados, cuyo importe total asciende a 26.251,06 €, correspondientes a los ejercicios 2003, 2004 y 2008 procedentes de la extinguida Gerencia de Urbanismo y cuyo resumen es el siguiente:
Ejercicio |
Concepto no Presupuestario |
Operación no presupuestaria |
Obligado Tributario |
Importe |
2003 |
10023 |
Demolición de saliente en C/. Maestro Luis Rivas, 22 |
Teresa Durán Roldán, Araceli Sánchez Durán, Jerónimico Sánchez Durán y Manuel Sánchez Durán |
7.873,18 € |
2004 |
10022 |
Colocación de vallas en Bodegas del Carmen |
Productos Ecológicos Andaluces S.L. y Purificación Aragón Moreno |
17.226,00 € |
2008 |
10024 |
Limpieza y vallado de solar en C/ Juan Muñoz de Castilla nº 13 |
Proincor XXI S.L. |
1.151,88 € |
Total |
26.251,06 € |
Segundo. Exponer al público el expediente en el tablón de anuncios y en el Boletín Oficial de la Provincia, por un período de quince días hábiles, contados desde el día siguiente a su publicación el Boletín Oficial, poniendo a disposición del público la documentación correspondiente.
Durante el citado plazo los interesados podrán examinar la documentación y presentar alegaciones que estimen oportuno en defensa de sus derechos.
Tercero. Aprobar definitivamente este expediente en el supuesto de que transcurrido el periodo de exposición pública no se hubiesen presentado alegaciones".
Lucena, a 12 de enero de 2016. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Juan Pérez Guerrero.