Boletín nº 16 (26-01-2016)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 92/2016

Aceptada por acuerdo plenario de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba de fecha 22 de diciembre de 2015, la ampliación de delegación de competencias acordada por el Ayuntamiento de Montilla a favor de la Diputación Provincial, sobre parte de las facultades que en materia de recaudación le confiere la legislación vigente, se transcribe a continuación el acuerdo de delegación adoptado por la Corporación del referido Ayuntamiento en sesión plenaria de fecha 4 de noviembre de 2015 para general conocimiento:

Primero. 1. Ampliar la delegación de competencias en la Excma. Diputación Provincial de Córdoba y con efectos a partir del día 1 de enero de 2016, respecto a todas las facultades que en materia de recaudación le confiere la legislación vigente a este Ayuntamiento, referidas a las autoliquidaciones en el supuesto de Tasas por Ocupación de la Vía Pública con andamios/vallas y calas y zanjas, así como las obras menores tramitadas por el procedimiento simplificado del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y la Tasa por Licencias Urbanísticas.

2. La delegación de las facultades recaudatorias, comprenderá entre otras, las siguientes funciones: determinar los plazos de cobro en período voluntario, expedir las relaciones certificadas de deudores, dictar la providencia de apremio, liquidar intereses de demora y la tramitación y resolución de los expedientes de crédito incobrables.

Segundo. El ejercicio de las facultades delegadas habrá de ajustarse a los procedimientos, trámites y medidas en general, jurídicas o técnicas fijadas en la legislación vigente, así como a la determinación del correspondiente Convenio de delegación.

Tercero. Solicitar de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba la aceptación de la delegación de competencias acordada.

Cuarto. Aprobar el Convenio de Cooperación actualizado a suscribir con la Excma. Diputación Provincial de acuerdo con la redacción que consta en el expediente, autorizando al Sr. Alcalde para que en nombre y representación del Ayuntamiento proceda a su formalización.

Córdoba a 7 de enero de 2016. El Presidente, Antonio Ruiz Cruz.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad