Boletín nº 21 (02-02-2016)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Montoro

Nº. 165/2016

Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de diciembre de 2015, acordó entre otros el acuerdo que copiado dice así:

2. PROYECTO DE ACTUACION PARA LA INSTALACION DE PUESTO DE PESADO DE ACEITUNA DE CAMPAÑA EN POLIGONO 11 PARCELA 39 PROMOVIDO POR D. PEDRO ORTIZ CASTILLO. Vista la atribución del Pleno de la Corporación para la aprobación de los Proyectos de Actuación, en virtud del artículo 43.1.e) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en votación ordinaria previo dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa de Asuntos Generales, por unanimidad de los trece Sres. asistentes, lo que representa la totalidad del número legal de miembros de este órgano, se adoptó el siguiente

Acuerdo:

Primero. Declarar el Interés Público del Proyecto de Actuación promovido por don Pedro Ortiz Castillo para la implantación de Puesto de Pesado de Aceituna de Campaña en Polígono 11 Parcela 39 del Catastro de Rústica de esta Localidad, Parcela Catastral 14043A011000390000UX, finca Registral nº 15.604, de acuerdo a documento técnico redactado por D. Rafael Porcuna Quesada, Ingeniero Agrónomo.

Segundo. Aprobar Proyecto de Actuación que fundamenta la declaración de interés público, redactado por Rafael Porcuna Quesada, Ingeniero Agrónomo y promovido por don Pedro Ortiz Castillo para la Actuación en suelo no urbanizable de instalación de Puesto de Pesado de Aceituna de Campaña en Polígono 11 Parcela 39 del Catastro de Rústica de esta Localidad, Parcela Catastral 14043A011000390000UX, vinculando la totalidad de la Finca Registral nº 15.604 a la actividad prevista, conforme al artículo 67.d) de la LOUA.

Tercero. El plazo de la actuación, es la prevista en el Proyecto de Actuación de 20 años, sin perjuicio de su renovación de acuerdo a lo establecido en el artículo 52.4 de la LOUA.

Cuarto. La declaración de interés público o social se entenderá a los únicos efectos de conllevar la aptitud de los terrenos para la implantación de la actuación, sin perjuicio de que la materialización del uso y actividad requerirá la obtención del resto de licencias y autorizaciones administrativas que fuera legalmente procedentes, determinándose en la licencia de obra correspondiente el importe de la prestación compensatoria previstas en el artículo 52.4 y 5 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de acuerdo al porcentaje de la cuantía establecida en la Ordenanza Municipal reguladora de la misma (B.O.P. nº 167, de 10/11/2004).

Quinto. La presente autorización, quedará condicionada:

1. A solicitar licencia urbanística de obras en el plazo de un año de acuerdo a lo regulado en el artículo 42.5.D.c. de la citada LOUA, previa constitución de la garantía para cubrir los gastos que puedan derivarse de incumplimiento e infracciones, así como los resultantes, en su caso de las labores de restitución de los terrenos, de acuerdo a lo regulado en el artículo 52.4 y 5 de la LOUA, y que en base a lo recogido en el Informe técnico firmado por el Arquitecto de la Oficina Técnica Municipal se concreta en TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS.(392 €).

2. A la obtención de la Calificación Ambiental al estar recogida esta actividad en el epígrafe 10.5 del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (modificado por el Decreto 356/2010, de 3 de agosto).

3. Al Pago de la prestación compensatoria en suelo no urbanizable que se devengará con ocasión de la licencia urbanística por importe de CIENTO NOVENTA Y SEIS EUROS (196 €).

Sexto. Remitir el presente acuerdo para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, a tenor del artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.

Séptimo. Notificar al promotor de la actuación, haciendo constar que previo a la concesión de la Licencia Urbanística deberá depositar en este Ayuntamiento el Aval correspondiente al importe de la garantía.

Octavo. Remitir Certificación del acuerdo a la Intervención Municipal y al Registro de la Propiedad de Montoro, al objeto de que practiquen la correspondiente anotación en la finca registral nº 15604.

Noveno. Dar traslado de este acuerdo a la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de acuerdo a los previsto en el articulo 43.1.e y f de la LOUA.

Lo que se publica para general conocimiento.

Montoro a 13 de enero de 2016. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, Ana María Romero Obrero.

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