Boletín nº 22 (03-02-2016)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de San Sebastián de los Ballesteros

Nº. 172/2016

Don Francisco Ansio Ortega, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Sebastián de los Ballesteros (Córdoba), hago saber:

Que no habiéndose formulado reclamación alguna contra el expediente de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 21 de noviembre de 2015 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 230, de 26 de noviembre de 2015, se entiende definitivamente aprobado el acuerdo adoptado conforme a lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, pudiéndose interponer contra el mismo Recurso Contencioso-Administrativo a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha Jurisdicción.

A continuación se inserta el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza Fiscal correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, antes citado.

Artículo 5. Bonificaciones

Se establece el siguiente régimen de bonificaciones:

Se establece una bonificación del 100 por 100 de la cuota para los vehículos históricos, o aquellos que tengan una antigüedad mínima de 25 años, contados a partir de la fecha de su fabricación o, si ésta no se conociera, tomando como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.

Lo que se hace público para general conocimiento.

San Sebastián de los Ballesteros a 18 de enero de 2016. Firmado electrónicamente: El Alcalde-Presidente, Francisco Ansio Ortega.

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