Boletín nº 25 (08-02-2016)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Hinojosa del Duque
Nº. 234/2016
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario provisional del Ayuntamiento de Hinojosa del Duque, adoptado en sesión ordinaria de 23 de noviembre de 2015, de aprobación de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la utilización y disfrute de las instalaciones deportivas, cuyo texto se transcribe a continuación como anexo, en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Anexo
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN Y DISFRUTE DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS
Se añade y modifica el artículo 6 lo siguiente:
Servicios que se prestan:
El uso de la piscina municipal será bonificado el 95% para los jubilados (se acreditará mediante la documentación correspondiente) y enfermos bajo prescripción médica, los martes, jueves y sábado de 12 a 13 horas, en modalidad de natación libre.
También para los jubilados, el acceso al resto de instalaciones deportivas será bonificado en el 95%.
Y a las personas que presenten el carné joven serán bonificadas en el 10% tanto el uso de la piscina municipal como el resto de instalaciones deportivas.
Hinojosa del Duque, 21 de enero de 2016. El Alcalde, Fdo. Matías González López.