Boletín nº 25 (08-02-2016)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Encinas Reales
Nº. 356/2016
Don Gabriel González Barco; Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Encinas Reales (Córdoba), hago saber:
Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de octubre de 2015, aprobó con carácter provisional la Modificación de Ordenanzas Fiscales para el año 2016.
El expediente ha estado expuesto al público, mediante Edicto, en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y en Boletín Oficial de la Provincia número 223, de fecha 17 de noviembre de 2015, durante treinta (30) días hábiles, y no habiéndose presentado reclamación o sugerencia alguna el referido acuerdo queda elevado a definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. Contra el mismo podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha Jurisdicción.
MODIFICACIÓN DE ORDENANZAS FISCALES PARA EL AÑO 2016:
" Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por el Servicio de Cementerio: Incremento del 1%.
" Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación del Servicio de Tanatorio Municipal: Incremento del 1%.
" Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Instalación de Cajeros Automáticos en las fachadas de los inmuebles con acceso directo desde la vía pública.
El párrafo 3 del artículo 5º, Cuota Tributaria, queda redactado de la siguiente forma:
3. Las Tarifas de la Tasa será la siguiente:
Por cada cajero automático:
En 1ª Categoría: 808,00 euros.
En 2ª Categoría: 656,50 euros.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Encinas Reales, a 27 de enero de 2016. El Alcalde, firma ilegible.