Boletín nº 31 (16-02-2016)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 464/2016

Mediante mi Decreto de fecha 4 de febrero actual, he dictado la siguiente resolución insertada en el libro de resoluciones con el número 2016/00000517:

En ejercicio de la facultad que confiere a la Presidencia el artículo 34. 1 g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, atribuida a la Delegación Genérica de Hacienda, Recursos Humanos, y Gobierno Interior, mediante Decreto de 7 de julio de 2015 (insertado en libro de resoluciones con número 2015/4185), vengo en resolver aprobar y publicar las siguientes bases de selección:

CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA COBERTURA DE NECESIDADES TRANSITORIAS DE PERSONAL TEMPORAL AL SERVICIO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA EN LA CATEGORÍA DE TÉCNICO SUPERIOR PLANIFICACIÓN MARCO ESTRATETICO 2014-2020

La Diputación Provincial de Córdoba, procede a la convocatoria de pruebas selectivas para la cobertura de necesidades transitorias de personal temporal en la categoría de Técnico/a Superior Planificación Marco Estratégico 2014-2020 conforme a las siguientes Bases:

Base 1. Objeto de la convocatoria

Es objeto de la presente convocatoria, la selección de un/a Técnico/a superior planificación marco estratégico 2014-2020 para prestar servicios en el Grupo de Trabajo de Fondos Europeos integrado en la Red Cordobesa de Municipios hacia la Sostenibilidad, de esta Diputación Provincial de Córdoba, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 1 c) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

La provisión temporal del referido puesto de trabajo está motivada por razones de necesidad y urgencia en la prestación de los servicios inherentes al mismo y vinculada al Marco Estratégico 2014-2020. La duración del nombramiento será de un año, prorrogable de conformidad con la normativa aplicable.

Las funciones a desempeñar son, a título enunciativo y no limitativo, las siguientes:

1. Planificación necesaria para la presentación de candidaturas a las convocatorias con Fondos Europeos de los diferentes Programas Operativos e iniciativas comunitarias para el periodo plurianual 2014-2020.

2. Gestión de la información, propuestas de iniciativas de interés, preparación de cartera de proyectos y atención a la presentación de solicitudes en convocatorias abiertas de fondos europeos.

3. Participación activa en todas las partes del ciclo de gestión de proyectos europeos (estudio de actuaciones posibles, establecimiento de hojas de ruta, itinerarios, estrategias, planes o agendas, presentación de solicitudes a nivel individual o en agrupamiento de entidades locales, gestión de la ejecución de proyectos, gestión financiera, evaluación, seguimiento, auditoría y justificación), que sea necesaria atender para concurrir con iniciativas a la cofinanciación de fondos europeos.

Con objeto de evitar que la utilización de modos de expresión no sexista ocasione una dificultad perturbadora añadida para la lectura y comprensión del presente texto, se hace constar expresamente que cualquier término genérico referente a personas, como opositor, aspirante, funcionario, etc. debe entenderse en sentido comprensivo de ambos sexos.

Base 2. Requisitos de los aspirantes

Para participar en esta convocatoria será necesario reunir los requisitos que a continuación se indican:

a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo establecido en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, sobre acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. A tal efecto, la persona seleccionada deberá someterse al correspondiente reconocimiento médico de la Unidad de Promoción de la Salud y Prevención de Riesgos Laborales de esta Corporación antes de proceder a su nombramiento.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la titulación de Licenciado o Grado en Economía, Administración y Dirección de Empresas o Licenciatura en Ciencias Económicas y Empresariales, o en condiciones de obtenerla en el plazo de finalización de presentación de solicitudes. Se entiende que se está en condiciones de obtener el título académico cuando se han abonado los derechos por su expedición.

f) Poseer, al menos competencias de un nivel B2 del Marco Común Europeo de Referencia en Lengua inglesa (MCERL). Debe acreditarse mediante certificado, título o diploma que tenga reconocida equivalencia con el MCERL. A título enunciativo: certificado de Aptitud (cinco años) o certificado de Nivel Avanzado de la Escuela Oficial de Idiomas, certificación expedida por entidades de reconocido prestigio, tales como, certificación Cambridge (FCE, CAE, CPE), certificación Trinity (GESE 8 ó ss, ISE II o superior), así como certificados acreditativos de nivel B2 ó superior de los Centros/Institutos/Servicios de Idiomas de las Universidades españolas.

Los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse mientras continúe el nombramiento como funcionario interino.

Base 3. Solicitudes

Los aspirantes deberán dirigir sus solicitudes, manifestando que se reúnen todos los requisitos exigidos, al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Córdoba, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia, preferentemente en el modelo normalizado habilitado al efecto en la dirección:

web www.dipucordoba.es/tramites, acompañando fotocopia simple del documento nacional de identidad en vigor, titulación académica y documentación acreditativa de la competencia comunicativa en lengua inglesa, así como de los documentos justificativos de los méritos alegados a que se refiere la Base 8.

Quienes estén en posesión de certificado digital, podrán realizar la presentación de la solicitud por vía telemática en la Sede Electrónica de la Diputación de Córdoba, cuya dirección es: www.dipucordoba.es/tramites.

Quienes no opten por la vía telemática, podrán cumplimentar electrónicamente el modelo de solicitud en la página www.dipucordoba.es/tramites pero deberán entregarlo impreso y firmado acompañado de la documentación justificativa citada en esta misma Base en la Oficina de Registro y Atención Ciudadana de esta Diputación Provincial sita en Plaza de Colón 15 de Córdoba, en horario de lunes a viernes de 9.00 a 13,30 horas y sábados de 10,00 a 13,30 horas, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas. En todo caso requerirá su presentación en tiempo y forma.

Base 4. Resolución provisional de admisión de los aspirantes

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Delegación de Recursos Humanos dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y de excluidos que se publicará en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Córdoba, accesible a través de la dirección: www.dipucordoba.es. Igualmente figurará en la misma la determinación concreta de los miembros de la Comisión de Selección.

Los aspirantes excluidos y los omitidos en ambas listas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la resolución en el Tablón de Edictos Electrónico para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión en la forma prevista en la Base 3.

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaren dichos defectos, quedarán definitivamente excluidos de la convocatoria.

Base 5. Resolución definitiva de admitidos y excluidos

Transcurrido el plazo previsto en la Base anterior se dictará Resolución que apruebe la lista definitiva, y que se hará pública, asimismo, en la forma indicada.

Base 6. Comisión de Selección

Se establecerá una Comisión de Selección, con la siguiente composición:

- Presidencia: Un empleado público de

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