Boletín nº 34 (19-02-2016)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 1
Peñarroya Pueblonuevo

Nº. 200/2016

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 1 de Peñarroya-Pueblonuevo (Córdoba)

Procedimiento: Jurisdicción Voluntaria (Genérico) 476/2015

Sobre: Expediente de dominio

Solicitante. Don Benjamín Sánchez Sedano

Letrado: Don Alejandro Guerra Cáceres

 

DOÑA ANA MARGARITA VILLEGAS NOVELLA, LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1 DE PEÑARROYA-PUEBLONUEVO (CÓRDOBA), HAGO SABER:

Que en este Juzgado se sigue el procedimiento Jurisdicción Voluntaria (Génerico) 476/2015, a instancia de don Benjamín Sanchez Sedano, expediente de dominio para la inmatriculación de la siguiente finca: Urbana, casa sita en la calle Iglesia, número 2 de la Aldea de Posadilla, termino municipal de Fuente Obejuna, con una extensión superficial de ciento cincuenta y seis metros cuadrados. Linda: Por la derecha entrando, con la vía pública a la que hace esquina; izquierda y espalda, casa de doña Rosario Beltrán Figueroba, hoy doña María Rosario Muñoz de la Torre. Referencia catastral: 0593201UH0209S00010F. Inscrita en el folio 70, del tomo 461, del archivo, libro 107 del Ayuntamiento de Fuente Obejuna, finca número 7.758, inscripción 2ª.

Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

Asimismo se ha acordado citar a don José Sandez Sedano, como persona de quien procede la finca, a doña Rosario Sedano Amaro y a sus posibles e ignorados herederos como titular catastral para que dentro del término anteriormente expresado pueda comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En Peñarroya-Pueblonuevo, a 17 de diciembre de 2015. La Letrada de la Administración de Justicia, firma ilegible.

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