Boletín nº 52 (17-03-2016)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 816/2016

La Diputada Delegada de Cultura, en su decreto de fecha 10 de marzo de 2016, aprobó las Bases para la recepción de ofertas culturales para la configuración del Catálogo Artístico de la Diputación de Córdoba para los ejercicios 2016 y 2017, que se regirá por las siguientes:

BASES PARA LA RECEPCIÓN DE OFERTAS CULTURALES PARA LA CONFIGURACIÓN DEL CATÁLOGO ARTÍSTICO DE LA DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA PARA LOS EJERCICIOS 2016 Y 2017

Preámbulo

Los objetivos esenciales de esta convocatoria se centran, por un lado, en una mejora de la calidad de la programación cultural en la provincia, una mayor presencia de la Diputación Provincial en la programación cultural de los distintos municipios de la provincia y por otro en una mayor participación de los Ayuntamientos en la gestión de los programas patrocinados por la Diputación de Córdoba.

Con esta convocatoria a los agentes y empresas culturales se pretende ordenar la oferta existente para la constitución de un catálogo que se pondrá a disposición de los Ayuntamientos de la provincia para la confección de sus propios programas culturales. Por tanto, no se trata de establecer las bases de una contratación sino de una amplia recepción de propuestas para una posterior selección de la oferta de mejor calidad con vistas a la programación cultural de los ejercicios 2016 y 2017.

Con objeto de evitar que la utilización de modos de expresión no sexista ocasione una dificultad perturbadora añadida a la lectura y comprensión de las presentes Bases, se hace constar expresamente que cualquier término genérico referente a personas, como lector, escritor, técnico, etc., debe entenderse en sentido comprensivo de ambos sexos.

1. Objeto

1. El objeto de esta convocatoria es la realización de un catálogo de ofertas culturales que sirva como base para la programación del Circuito Provincial de Cultura para los ejercicios 2016 y 2017. Los programas, actuaciones o actividades que se presenten deberán estar ya producidas y disponibles para su realización. Corresponde la coordinación de los mismos a la Delegación de Cultura, previa concertación de las condiciones con el municipio correspondiente.

2. Las propuestas presentadas no podrán superar el importe de 3.500,00 € (IVA incluido)) incluyendo la totalidad de los gastos (ficha técnica, transporte, dietas, etc.)

3. El caché que figurará en el catálogo será considerado estimativo y servirá de referencia como precio máximo. Las condiciones económicas definitivas así como el resto de los acuerdos y pormenores sobre la actuación o actuaciones, se acordarán entre la compañía/ formación y los municipios.

4. La inclusión en el Catálogo no implica la obligación de contratar.

2. Solicitantes

1. Podrán presentar sus ofertas de participación las entidades residentes en el territorio nacional o sus representantes legales, que estén dados de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.

2. La convocatoria se dirige a empresas, gestores culturales, compañías y formaciones profesionales, de carácter privado, constituidas en algunas de las figuras empresariales previstas por la Ley, quedando expresamente excluidas las asociaciones u otras entidades sin ánimo de lucro, dentro de los siguientes ámbitos de actuación:

a. ARTES ESCÉNICAS (teatro, danza, circo&)

b. MÚSICA (todas las modalidades, salvo las formaciones musicales especializadas en animación de ferias, festejos, etc.).

c. FLAMENCO.

d. FOMENTO DE LA LECTURA Y DE LA ESCRITURA.

3. Las empresas, compañías o formaciones profesionales podrán optar bien por presentar por si mismos las solicitudes, bien por presentarlas mediante las empresas titulares de los derechos de explotación, aportando en este caso la documentación acreditativa de la representación.

4. Las empresas, compañías o formaciones profesionales que opten por la representación, no podrán otorgarla a más de una empresa representante, desechándose las solicitudes para una misma compañía o formación presentadas por distintas vías de representación.

5. Para esta convocatoria solo se podrá presentar una propuesta por ámbito de actuación.

3. Plazo de recepción de ofertas y solicitudes

1. Plazos:

1.1. Para el Catálogo Artístico de 2016, se abre un plazo de presentación de ofertas y entrega de documentación de treinta días naturales contados desde el día siguiente de la fecha de publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba.

1.2. Para el Catálogo Artístico de 2017, el plazo de presentación de ofertas y entrega de documentación será del 1 al 31 de diciembre de 2016.

2. Las solicitudes firmadas electrónicamente por el interesado o representante irán acompañadas de la documentación requerida y serán dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Córdoba, presentándose de manera exclusiva a través del Registro Electrónico de la Diputación de Córdoba, en los términos que expone el artículo 7 del Reglamento del Registro Electrónico (http://www.dipucordoba.es/tramites/sobre_la_sede_electronica/doc/12944).

El mencionado Registro Electrónico proporcionará documento de acuse de recibo de la transacción realizada en los términos que refleja el art. 6 del mismo Reglamento citado.

3. La solicitud se realizará a través de los correspondientes formularios electrónicos cuyos datos figuran en el Anexo I. Este formulario estará disponible desde el primer día en que sea posible la tramitación en la Sede electrónica de la Diputación de Córdoba (http://www.dipucordoba.es/tramites)

4. Con el fin de asegurar la identidad del peticionario, para acceder a la aplicación informática se requerirá estar en posesión del documento nacional de identidad electrónico (DNIe) o certificado digital reconocido de persona física o jurídica, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.

La información sobre los requisitos y medios para obtener el certificado digital de usuario estará disponible en la Sede electrónica de la Diputación de Córdoba (http://www.dipucordoba.es/tramites)

5. Si la solicitud formulada no reuniera los requisitos establecidos en la convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días naturales, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6. La utilización del Tablón de anuncios electrónico será medio exclusivo de notificación en la instrucción del procedimiento.

4. Documentación

La documentación a entregar será la siguiente:

1. Solicitud debidamente cumplimentada según datos del Anexo I por cada propuesta que se presente, que irá acompañada de la siguiente documentación:

2. Dossier de la propuesta presentada con sinopsis del espectáculo o actividad, trayectoria, ficha artística, técnica, etc.

3. En caso de que las empresas, compañías o formaciones profesionales opten por presentar las solicitudes mediante las empresas titulares de los derechos de explotación, deberán aportar documentación acreditativa de lo acordado entre las partes, conforme a lo establecido en la Base segunda de la presente convocatoria.

4. Acreditación del alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.

5. Proceso de selección

A) Criterios de selección de ofertas:

La selección de las solicitudes recibidas con destino a la conformación del Catálogo de Ofertas Culturales para el Circuito Provincial de Cultura para el año 2015, se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios:

a) Valoración artística, originalidad e innovación creativa de la propuesta.

b) Valoración de la trayectoria profesional de la compañía o formación.

c) La idoneidad de la propuesta presentada para su programación, exclusivamente cultural, en los distintos espacios de la provincia.

d) Valor educativo de la actividad.

e) La oferta económica (caché).

La puntuación máxima a alcanzar por las ofertas será de 50 puntos, correspondiendo 10 puntos a cada criterio de selección.

B) Comisión de selección de ofertas:

a) Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y subsanadas las faltas que, en su caso, pudieran presentarse en las mismas y una vez examinadas todas las propuestas, programas, actuaciones o actividades recibidas, su valoración estará a cargo de una Comisió

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