Boletín nº 61 (01-04-2016)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 997/2016

El Pleno de esta Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión ordinaria celebrada el día 16 de marzo de 2016, aprobó inicialmente el PROGRAMA ANUAL DE CONCERTACION Y EMPLEO CON LOS MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES AUTONOMAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA (Ejercicio 2016). Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 32 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, este acuerdo de aprobación quedó expuesto al público durante el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente, también hábil, al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia nº 52, de 17 de abril de 2016, al objeto de que pudieran formularse alegaciones y reclamaciones. Transcurrido dicho plazo, y al no haberse presentado ninguna, se entiende definitivamente aprobado el Programa publicándose el extracto de la Convocatoria del ejercicio 2016, así como, las correspondientes tablas y anexos que acompañaban al texto integro.

PROGRAMA ANUAL DE CONCERTACION Y EMPLEO CON LOS MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES AUTONOMAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

(Ejercicio 2016)

Preámbulo:

El plan provincial de concertación y empleo de la Diputación de Córdoba con los municipios y entidades locales autónomas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3 de la Ordenanza reguladora de Concertación de la Diputación de Córdoba con las Entidades Locales de la Provincia, se desarrollará mediante programas anuales que quedarán recogidos en convenios específicos a suscribir entre la Diputación y cada entidad local destinataria, y que incluirán en su caso, el contenido de las actuaciones pactadas. Dichos convenios específicos expresarán la voluntad política de las partes de desarrollar conjuntamente las actuaciones que correspondan para la realización de inversiones, actividades y servicios municipales que satisfagan necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas para asegurar la prestación integral y adecuada de las competencias propias municipales en la totalidad del territorio provincial.

La aprobación del programa correspondiente al ejercicio 2016, que en el presente ejercicio incluye además las cantidades destinadas en años anteriores al Plan Provincial de Cooperación Económica para la realización de Obras y Servicios Municipales, con el fin de mejorar la eficacia del mismo, queda regulado en la presente convocatoria de propuestas priorizadas, según las disposiciones que se acompañan, y en todo caso a lo establecido en la normativa provincial de referencia.

Primera. Objeto

La presente convocatoria tiene por objeto regular el régimen y procedimiento aplicable para el programa anual de concertación y empleo con los municipios y entidades locales autónomas de la provincia de Córdoba, que permitirá la asistencia económica en la realización de inversiones, actividades y servicios de competencia propia municipal, ejecutadas por la Diputación o por las entidades locales beneficiarias desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2016.

No podrán ser destinatarios de este programa, aquellas entidades en quienes concurran algunas de las circunstancias señaladas en el artículo 4 de la normativa provincial.

Segunda. Ámbito de aplicación

El programa anual de concertación y empleo de 2016, continuará creando un espacio de trabajo común en el territorio, que de acuerdo a la información recabada de las entidades locales en ejercicios anteriores y a las orientaciones establecidas en el Plan Estratégico de la Provincia de Córdoba 2011-2020, pretende impulsar el equilibrio y la vertebración territorial de la provincia mediante políticas que mejoren la calidad de vida de los ciudadanos en estrecha colaboración con las iniciativas municipales, apostando por la calidad de los servicios públicos, la inversión en infraestructuras y la incorporación a las tecnologías de la información y el conocimiento, de manera que se consolide un mejor uso de los recursos propios y la atracción de nuevas actividades económicas a una sociedad participativa, dinámica, comprometida con lo propio y con un futuro respetuoso con la naturaleza, con procedimientos de elaboración que se regirán por los principios de transparencia y publicidad de las distintas actuaciones, informes y alegaciones municipales y provinciales.

Tercera. Ámbitos de colaboración y financiación

A partir del objetivo definido en la disposición anterior, la Diputación Provincial de Córdoba y las entidades locales beneficiarias, trabajarán en políticas públicas con ámbitos competenciales de colaboración y financiación integrados y orientados a dotar a los pueblos y ciudades de la Provincia, especialmente a los de menor población, capacidad económica y de gestión, de instrumentos que garanticen el ejercicio íntegro de las competencias propias en las siguientes materias:

Ámbitos competenciales propios de colaboración:

Políticas y programas de gastos susceptibles de asistencia económica

A)

B)

C)

1

SEGURIDAD Y MOVILIDAD CIUDADANA

  1. Admón. general de la seguridad y protección civil. Gasto corriente.

25.2 f)

9.14

130

  1. Admón. general de la seguridad y protección civil. Gasto capital.

  1. Segur. y Orden Púb. Gasto corriente.

132

  1. Segur. y Orden Púb. Gasto capital.

  1. Ordenación del tráfico y del estacionamiento. Gasto corriente.

133

  1. Ordenación del tráfico y del estacionamiento. Gasto capital.

  1. Movilidad Urbana. Gasto corriente.

134

  1. Movilidad Urbana. Gasto capital.

  1. Protección Civil. Gasto corriente.

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