Boletín nº 62 (04-04-2016)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 1.007/2016

El medio ambiente en la provincia de Córdoba se mantiene con altos niveles de calidad, tanto el urbano como el rural, no obstante, es necesario mantener una actitud de mejora continua y de promoción y fomento de los activos ambientales que existen en nuestra provincia.

En ese sentido, la Diputación de Córdoba, apuesta por la labor educativa en materia ambiental, que se hace necesaria en las distintas etapas estudiantiles. En este sentido se crea el Premio de Vídeo para estudiantes de enseñanza secundaria y bachillerato, que pretende incentivar el interés de nuestros escolares en el medio ambiente provincial.

La convocatoria y concesión de estos premios, se realiza de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones. La concesión de estos premios se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, quedando sometida a las siguientes bases.

Primera. Objeto

El objeto de este premio es reconocer, públicamente y con carácter anual, a aquellos estudiantes de enseñanza secundaria y bachillerato de cualquier centro público o privado de la provincia de Córdoba que con sus videos contribuyan de manera relevante al conocimiento del medio ambiente de la provincia de Córdoba.

Los premios se financiarán con cargo a los presupuestos de la Delegación de Agricultura y Medio Ambiente de la Diputación de Córdoba (aplicación presupuestaria 340.1722.481.00 del vigente presupuesto).

Segunda. Beneficiarios y requisitos de los solicitantes

Podrán concurrir al concurso todos los alumnos/as residentes en la provincia de Córdoba, a través de sus Centros Escolares, con una obra inédita y original, que no haya sido galardonada en ningún otro certamen. En el concurso se establecen dos categorías, según sus estudios:

Categoría I. El mejor video sobre el medio ambiente natural, agrario y forestal o sostenibilidad ambiental en el ámbito urbano, relacionado con la provincia de Córdoba para alumnos de E.S.O. de cualquier centro de la provincia de Córdoba.

Categoría II. El mejor video sobre el medio ambiente natural, agrario y forestal o sostenibilidad ambiental en el ámbito urbano, relacionado con la provincia de Córdoba para alumnos de Bachillerato de cualquier centro de la provincia de Córdoba.

Tercera. Tema y formato

Los videos deberán ser originales y totalmente inéditos, de tema relacionado con el medio ambiente urbano o natural de la provincia de Córdoba. Deberán tener una duración de entre 3 y 4 minutos con titulo descriptivo del mismo.

Cuarta. Premios

Para cada una de las categorías se establecen los siguientes premios:

" Primer Premio. Una Tablet (con valor máximo estimado de 400,00 euros) más cheque regalo para material escolar (por valor de 100 euros) para el alumno y 550,00 euros en metálico para el colegio, que se destinará a la adquisición de material inventariable informático y/o deportivo.

" Accésit. Una Tablet (con valor máximo estimado de 400,00 euros) para el alumno y 550,00 euros en metálico para el colegio, que se destinará a la adquisición de material inventariable informático y/o deportivo.

Quinta. Preselección en los Centros Escolares

Los alumnos/as interesados/as podrán presentar un solo trabajo en su Centro Escolar. Cada Centro Escolar seleccionará entre los trabajos recibidos, que serán remitidos a la Diputación de Córdoba en tiempo y forma de acuerdo con el procedimiento previsto en la Base siguiente. 

Sexta. Solicitudes, documentación y plazo 

La solicitud la realizarán los Centros escolares a través del correspondiente formulario electrónico cuyos datos figuran en el Anexo I, que se aprueba junto con estas bases.

Este formulario estará disponible desde el primer día en que sea posible la tramitación en la Sede Electrónica de la Diputación de Córdoba, dentro del trámite Concurso de Vídeo de Medio Ambiente (http://www.dipucordoba.es/tramites).

Para cualquier consulta sobre tramitación electrónica, contactar con el Departamento de Modernización, teléfono 957-212924/211661.

Dichas solicitudes deben imprimirse con su localizador correspondiente, firmarse y presentarse en el Registro General de la Diputación de Córdoba (Plaza de Colón s/n), de lunes a viernes en horario de 9,00 a 13,30 horas y los sábados de 10,00 a 13,30 h. Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Si, conforme a dicho precepto, se presentan a través de las Oficinas de Correos, deberá aparecer el sello de certificado en el sobre exterior y en la propia solicitud.

Dichas solicitudes irán acompañadas del Vídeo que se presente al Concurso en soporte CD/DVD.

El plazo de dichas solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de estas bases en el B.O.P. hasta el día 20 de mayo de 2016.

En el caso de que la solicitud no reúna los requisitos exigidos en la convocatoria, se requerirá a los/las interesados/as que en el plazo de 10 días subsanen las faltas o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que si no lo hicieran se les tendrá por desistidos de su petición, archivándose sin más trámites, con los efectos previstos en el artículo 71 de la LRJAP y PAC.

Séptima. Órganos de instrucción y resolución

La instrucción del procedimiento corresponderá a la Delegación de Medio Ambiente.

La competencia para resolver corresponde al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Córdoba.

Octava. Comisión Evaluadora y de Seguimiento

Recibidas todas las solicitudes y aportados los datos complementarios y/u omisiones a que se refiere la base SEXTA se constituirá una Comisión Evaluadora que tendrá como función el examen y valoración de las mismas con la siguiente composición:

" Presidente: El Sr. Presidente de la Diputación de Córdoba o persona en quien delegue.

" Vocales:

* Un técnico/a de la Oficina de Comunicación e Imagen de la Diputación de Córdoba.

* Un técnico/a de la Delegación de Medio Ambiente de la Diputación de Córdoba

" Secretaría: El Secretario de la Corporación o persona en quien delegue.

La Comisión de Valoración tendrá en cuenta los siguientes criterios:

* Relación del trabajo con la provincia de Córdoba.

* Originalidad.

* Calidad técnica del trabajo.

Por esta Comisión se formulará propuesta de resolución al órgano competente en la que deberá expresar los beneficiarios de la subvención, videos que se subvencionan y motivación. Los premios podrán declararse desiertos si a juicio de la Comisión de Valoración no hubiera ninguna obra con la suficiente calidad para su adjudicación.

Novena. Resolución de la convocatoria

El plazo máximo de resolución del procedimiento será de 6 meses desde la publicación de la convocatoria.

El órgano concedente publicará en el tablón de anuncios de la Diputación Provincial la resolución con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputan, beneficiario y premio concedido. Asimismo, se notificará igualmente a los interesados.

Décima. Entrega, abono y justificación de los premios

La entrega de premios se efectuará en acto público en la fecha que determine la Diputación de Córdoba y que será comunicada con la suficiente antelación a los premiados. Los autores de los trabajos premiados deberán estar presentes en el acto de entrega de premios. En su defecto, deberá acudir un representante debidamente autorizado.

El abono de los premios en metálico a los Colegios se realizará mediante transferencia a la cuenta del beneficiario previa presentación del documento de datos bancarios que será facilitado por la Diputación de Córdoba y se justificarán mediante la presentación de la relación de los gastos y pagos efectuados según el modelo de cuenta justificativa prevista en el artículo 75 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

Undécima. Recursos

Contra la resolución, que, según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:

" Recurso de Reposición, con carácter potestativo, ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al que reciba la notificación, tal y como dispone el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Pro

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