Boletín nº 71 (15-04-2016)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Mercantil Número 1
Córdoba

Nº. 931/2016

Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Córdoba

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 62/2011. Negociado: A1

Sobre: Responsabilidad Administradores

De: Materiales Frans Bonhomme, S.L.U.

Procurador: Don Luis de Torres Navajas

Contra: Don Antonio Maíllo Guardeño y don Jorge Romero Guardeño

Procurador: Don Pedro Bergillos Madrid

 

Cédula de notificación

En el procedimiento de referencia se ha dictado Sentencia de fecha 14 de octubre de 2014 con Fallo, tenor literal siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda inicial de estos autos, deducida por el procurador don Luis de Torres Navajas en nombre y representación de Materiales Frans Bonhomme S.L.U., contra don Jorge Romero Guardeño y don Antonio Maillo Guardeño, y debo condenar y condeno a los demandados a que abonen a la actora, conjunta y solidariamente, la suma de ocho mil quinientos veintidós euros y sesenta y ocho céntimos (8.522,68 euros), más los intereses legales. Todo ello con imposición a la parte demandada de las costas causadas en este procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes con indicación de que contra ella pueden interponer Recurso de Apelación en ambos efectos, en el plazo de veinte días, ante este Juzgado para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Córdoba, en la forma prevenida en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación literal a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Antonio Maíllo Guardeño, con NIF 30.427.253R, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Córdoba, a 23 de febrero de 2016. El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, firma ilegible.

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