Boletín nº 77 (25-04-2016)

VIII. Otras Entidades

Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo
Córdoba

Nº. 1.319/2016

Extracto de la Resolución de Presidencia del Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo, Número 147/2016, de 6 de abril, por la que se aprueban las bases de la Convocatoria de Incentivos al Mantenimiento y Crecimiento Empresarial 2016.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

PRIMERO. Beneficiarios/as

Empresas, que ocupen a menos de 50 personas (micro y pequeñas empresas), cualquiera que sea su forma jurídica, así como personas físicas (empresario/a individual, comunidad de bienes y sociedad civil), legalmente constituidas, con una antigüedad mínima de 2 años en el IAE a fecha de presentación de la solicitud de este incentivo, ubicadas y que ejerzan su actividad, en el municipio de Córdoba, y que realicen inversiones para los centros de trabajo ubicados en el municipio de Córdoba, cuyos gastos y pagos, se hayan realizado en el período comprendido entre el 1 enero de 2015 y el 31 de enero de 2016 (ambos inclusive).

Las empresas beneficiarias obligatoriamente, han de:

Tener menos de 50 trabajadores/as, a fecha de presentación de la solicitud de este incentivo (a efectos de las presentes Bases el número de trabajadores/as se contabilizarán sumando el número de éstos dados de alta, por cuenta ajena, en la empresa, sin tener en cuenta los/as socios/as o los/as comuneros/as, de la empresa, independientemente del régimen de la Seguridad Social en el que se encuentren de alta).

Estar ubicadas y ejercer su actividad, en el municipio de Córdoba (hecho que se deberá reflejar en el modelo 036/037 en el apartado lugar de realización de actividad, o en un certificado expedido de la Agencia Tributaria Central). No se considerará que la empresa ejerce actividad en el municipio de Córdoba, cuando los centros de trabajo ubicados en el municipio de Córdoba sean considerados locales indirectamente afectos a la actividad (almacenes, depósitos, centros de dirección,&).

En el caso de las empresas que ejercen o desarrollan su actividad fuera de un local determinado, su domicilio fiscal y su domicilio social estarán ubicados en el municipio de Córdoba.

Los conceptos subvencionables, por los que se solicita subvención, se han de aplicar en los centros de trabajo ubicados en el municipio de Córdoba, por lo que en la factura o en el documento justificativo del gasto, el domicilio del destinatario (empresa solicitante de este incentivo) deberá ser el domicilio del centro de trabajo ubicado en el municipio de Córdoba en el que se aplique.

SEGUNDO. Objeto

Las inversiones que se realicen para los centros de trabajo ubicados en el municipio de Córdoba, en los conceptos encuadrados en las líneas de financiación que se relacionan en la tabla que continúa, cuyos gastos y pagos se hayan realizado en el período comprendido entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de enero de 2016 (ambos inclusive).

Líneas de Financiación

Promoción de la Propiedad Industrial

I+D+i (Investigación, Desarrollo e Innovación) - TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación).

Promoción y Publicidad

Excelencia empresarial (Calidad, Medio ambiente, Responsabilidad Social Corporativa, Prevención de Riesgos Laborales, Igualdad de Oportunidades).

Internacionalización de la empresa

Ampliación y/o apertura (de nuevos centros de trabajo en el municipio de Córdoba).

Formación Especializada (No Reglada)

Los conceptos por los que se solicita subvención deberán ser justificados y acreditados, conforme se especifica en el Anexo II de las Bases, siendo causa de exclusión no hacerlo así.

TERCERO. Bases reguladoras

a) Marco General que regula todas las convocatorias de subvenciones y ayudas del Ayuntamiento de Córdoba, y del IMDEEC como Organismo autónomo de éste.

http://www.cordoba.es/images/stories/documentos/Ayuntamiento/Ordenanzas/Ordenanzas_y_Reglamentos_Municipales/

Subvenciones_y_Patrocinios/Ordenanza_General_de_Subvenciones_del_Ayuntamiento_de_Cordoba.pdf

b) Bases de la Convocatoria de Incentivos al Mantenimiento y Crecimiento Empresarial 2016.

http://www.imdeec.es/ficheros/Bases%20Convocatoria%20MANTENIMIENTO%202016.pdf

CUARTO. Cuantía

a) Importe de la Convocatoria.

Para atender la financiación de la presente convocatoria, se dispondrá de un crédito de 280.000,00 € con cargo al presupuesto de gastos del IMDEEC, aplicación presupuestaria 0 4390 47900 Otras Subvenciones a Empresas.

b) Cuantía de la Subvención.

La cuantía de la subvención contemplada en esta convocatoria constituye una ayuda a fondo perdido de un máximo del 50% de los conceptos subvencionables (excluido el IVA), con un límite de 8.500 € por empresa.

QUINTO. Plazo Presentación Solicitudes

20 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba (incluido).

SEXTO. Otros datos de Interés

Las solicitudes se encuentran a disposición de las/os interesadas/os:

http://www.imdeec.es/ficheros/Solicitud%20Convocatoria%20Incentivos%20al%20Mantenimiento%20y%20Crecimiento%20Empresarial%202016.pdf

Igualmente en las dependencias del IMDEEC, sito Avda. de la Fuensanta s/n, Tef. 957764229 (ext. 2) / 957 32 55 02.

Importante, atendiendo las características propias de la Convocatoria de Incentivos al Mantenimiento y Crecimiento Empresarial 2016, es fundamental consultar la totalidad de las Bases que la regulan, dado que esta información es sólo un extracto de su contenido, por lo que en caso de controversia entre el presente extracto y las Bases que regulan la citada convocatoria, prevalecerán en todo caso las Bases de la Convocatoria de Incentivos al Mantenimiento y Crecimiento Empresarial 2016.

Córdoba, a 6 de abril de 2016. La Concejala de Fomento del Desarrollo Económico y Promoción de la Ciudad, Carmen González Escalante.

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