Boletín nº 80 (28-04-2016)

VIII. Otras Entidades

Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios de Córdoba

Nº. 767/2016

Esta Vicepresidencia, mediante resolución del día 3 de marzo de 2016, adoptada en uso de las facultades conferidas por el Sr. Presidente del Consorcio mediante Decreto de 13 de agosto de 2015, ha resuelto lo siguiente:

Primero. Se aprueban las Bases Específicas de las pruebas selectivas de Cincuenta y cuatro Bomberos-Conductores, incluidas en la oferta de empleo público de 2015 del Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios de Córdoba, que figuran como Anexo al presente anuncio.

Segundo. Se ordena la publicación de tales Bases Específicas en el Boletín Oficial de la Provincia, así como anuncio de las mismas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y, subsiguientemente, en el Boletín Oficial del Estado.

Lo que se hace público para general conocimiento, haciéndose saber que contra la anterior resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los recursos siguientes:

a) Recurso Potestativo de Reposición, ante la Junta General de Consorcio, en el plazo de un mes contado a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, según establece el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Conforme con el artículo 116.2 de la Ley 30/1192 citada, no se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

b) Recurso Contencioso-Administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, según establece el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

c) Cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Córdoba, 4 de marzo 2016. La Vicepresidenta, Fdo. María Dolores Amo Camino.

Anexo que se cita

Anexo número 2 a las Bases de las Pruebas Selectivas para el acceso a plazas de Personal Funcionario y Laboral, incluidas en la Oferta de Empleo Pública de 2015.

BASES ESPECÍFICAS DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL ACCESO A CINCUENTA Y CUATRO PLAZAS DE BOMBERO CONDUCTOR AL SERVICIO DE ESTE CONSORCIO, RESERVADAS A FUNCIONARIOS/AS, INCLUIDA/S EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2015.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de esta Vicepresidencia G/295/2015, de 18 de diciembre, (BOP número 249 de 29 de diciembre de 2015), por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público de este Consorcio, referida al ejercicio 2015, se procede a convocar las plazas que a continuación se indican, convocatoria que se regirá por:

a) las normas generales aprobadas por esta Vicepresidencia y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia número 34 de 19 de febrero de 2016,

b) las bases específicas que se insertan a continuación:

Base 1. Objeto de la convocatoria: 54 plazas de Bombero Conductor

Base 2. Tipo de Personal: Funcionario, Oferta de Empleo Público 2015, Administración Especial. Escala Básica de Prevención y Extinción de Incendios.

Base 3. Grupo clasificación: C (Subgrupo C2).

Base 4. Requisitos específicos de admisión:

a) Titulación Académica: Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.

b) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal ejercicio de las funciones a desempeñar. A tal efecto las personas que resulten seleccionadas deberán someterse a reconocimiento médico por el Servicio Médico del Consorcio. A efectos del reconocimiento Médico a que deberán someterse los aspirantes seleccionados y propuestos por el Tribunal, en el Anexo IV se recoge la relación de exclusiones médicas por las que se regirá dicho reconocimiento.

Los Funcionarios Interinos de este Consorcio que sean seleccionados y propuestos estarán exentos del mismo por haberlo pasado con anterioridad.

c) Se requiere estar en posesión del permiso de conducción de la clase C.

Base 5. Sistema de selección: Concurso Oposición, teniendo cada una de las fases el siguiente peso relativo:

a) 30 % en la fase de Concurso

b) 70 % en la fase de Oposición

Base 6. Turno libre: Cincuenta y cuatro plazas.

Base 7. Categoría del Tribunal: 3ª

Base 8. Importe de la tasa:   1100 €.

Base 9. Fase de Concurso

Supondrá un peso relativo del 30% del total de puntos a otorgar, con la siguiente distribución de porcentajes por tipología de méritos:

a) Experiencia profesional, hasta un 20 %

b) Formación, hasta un 10 %

Los méritos se harán constar en el impreso de autobaremación que se inserta como Anexo I de estas bases y para su cumplimentación se tendrá en cuenta lo previsto en la Base 7.1 de las Generales que rigen en esta Convocatoria.

A) Experiencia profesional: La puntuación máxima que se puede alcanzar en este apartado es de: 20 puntos.

1. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas en categoría igual a la que se aspira, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,30 puntos.

2. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas en categoría equivalente a la que se aspira, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,20 puntos.

3. Por cada mes de servicios prestados en empresas privadas en categoría igual o equivalente a la que se aspira: 0,10 puntos.

B) Formación La puntuación máxima a otorgar por este apartado es de 10 puntos

B.1. Por la participación como asistente o alumno a cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos u homologados por Instituciones Oficiales o los impartidos en el ámbito de la formación continua por sus agentes colaboradores, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo hasta un máximo de 6 puntos.

Se consideran valorables y relacionados los cursos relativos a perspectiva de género y los concernientes a prevención de riesgos laborales genéricos o específicos de la profesión.

La escala de valoración será la siguiente:

a) Cursos de hasta 10 horas ó 2 días: 0,03 puntos.

b) Cursos de 11 a 40 horas o de 3 a 7 días lectivos: 0,05 puntos.

c) Cursos de 41 a 70 horas o de 8 a 12 días lectivos: 0,10 puntos.

d) Cursos de 71 a 100 horas o de 13 a 20 días lectivos: 0.20 puntos.

e) Cursos de 101 a 250 horas o de 21 a 50 días lectivos: 0,50 puntos.

f) Cursos de 251 a 400 horas o de 51 a 80 días lectivos: 0,75 puntos.

g) Cursos de 401 a 900 horas o de 81 a 160 días lectivos: 1 punto.

h) Cursos de más de 900 horas o de más de 160 días lectivos: 1,50 puntos.

La puntuación anterior se incrementará en 0,10 puntos si consta que los cursos han sido impartidos con aprovechamiento.

En caso de no justificarse la duración del curso, éste será valorado con la puntuación mínima, siempre que esté relacionado con el puesto a cubrir. Los cursos de formación y perfeccionamiento se justificarán mediante certificado del organismo que lo impartió u homologó donde conste la materia y el número de horas lectivas.

B.2. Por cada ejercicio superado en pruebas selectivas en los últimos diez años, computados desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, hasta un máximo de 4 puntos.

a) Si se trata de ejercicios correspondientes a pruebas selectivas para el acceso en propiedad a la misma categoría en el Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios y Protección Civil de Córdoba: 0.60 puntos. Este mérito se acreditará mediante declaración responsable del interesado, cuya veracidad será comprobada por esta Administración.

b) Si se trata de ejercicios correspondientes a pruebas selectivas para acceder en propiedad a categorías iguales o equivalentes a la convocada en otras Administraciones Locales: 0.20 puntos. Se justificará mediante certificado expedido por los organismos competentes en el desarrollo de los procesos selectivos en las correspondientes Administraciones Públicas.

Base 10. Fase de Oposición

Supondrá un peso relativo del 70% del total de puntos a otorgar, con la siguiente distribución de porcentajes por ejercicios:

a) Primer ejercicio: 10 %.

b) Segundo ejercicio: 20 %.

c) Cuarto ejercicio: 40 %.

El tercer ejercicio, relativo a las pruebas psicotécnicas, no pondera, al ser su evaluación únicamente de apto o no apto.

PRIMER EJERCICIO: Consistirá en contestar por escrito a 80 preguntas tipo test, con tres o cuatro respuestas alternativas, de las cuales solo una será la correcta relacionadas con las materias co

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