Boletín nº 84 (05-05-2016)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Espejo
Nº. 1.460/2016
Don Florentino Santos Santos, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Espejo (Córdoba), hace saber:
No habiéndose formulado reclamación alguna contra el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de enero de 2016, publicado en el BOP de Córdoba número 41, de fecha 2 de marzo de 2016, relativo a la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Precio Público por la Prestación de Servicios Deportivos y de la Piscina Municipal del Ayuntamiento de Espejo, queda aprobado definitivamente el acuerdo conforme al artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, entrando en vigor el mismo día de su publicación en el BOP Córdoba, pudiéndose interponer contra este acuerdo Recurso Contencioso-Administrativo, a partir de la publicación del mismo en el BOP, en la forma y plazo que establezcan las normas reguladoras de dicha jurisdicción, insertándose a continuación el texto de la modificación:
Artículo 5. Cuota tributaria
A) Programas y Actividades Deportivas.
A.3. Actividades para Jóvenes, Adultos y Mayores.
A.3.1. Actividades Físicas y Mejora de la Salud. Mayores 17 años.
A.3.1.1 Asesoramiento Técnico con Monitor:
Modalidades:
13. Gimnasia de Mantenimiento.
14. Mantenimiento Físico para mayores.
15. Gimnasia Correctiva.
16. Taichí.
17. Kun Fu y similares.
18. Bailes de Salón.
19. Yoga.
20. Pilates.
21. Acondicionamiento Físico.
22. Gimnasia Rítmica.
23. Ciclo indoor y similares.
24. Aeróbic y similares.
Cuota mensual, dos sesiones por semana: 14,00 €/mes. 12 €/mes para titulares del carné joven.
Cuota mensual, tres sesiones por semana: 16,00 €/mes. 14 €/mes para titulares del carné joven.
Cuota 1 día de cualquier actividad, acondicionamiento físico o sala musculación: 2,5 €/dia.
Las actividades de dos sesiones semanales se pueden ampliar con una o tres sesiones más de musculación. Precio de 16 €/mes. 14 €/mes para titulares del carneé joven, y 19 €/mes. 16 €/mes para titulares de carné joven, respectivamente.
Las actividades de tres sesiones semanales se pueden ampliar con dos sesiones más de musculación. Precio de 19 €/mes. 16 €/mes para titulares de carné joven.
Estas cuotas serán aplicables a cualquier actividad deportiva de características similares.
A. 3.1.2 Sala de Musculación:
Cuota mensual, dos sesiones por semana: 14,00 €/mes. 12 €/mes para titulares del carné joven.
Cuota mensual, tres sesiones por semana: 16,00 €/mes. 14 €/mes para titulares del carné joven.
Cuota mensual, cinco sesiones por semana: 19,00 €/mes. 16 €/mes para titulares del carné joven.
Artículo 10. Bonificaciones de la Ordenanza Nº 10, reguladora del Precio Público por la Prestación de Servicios Deportivos y de Piscina Municipal, quedando redactado de la siguiente manera:
Bonificación del 50% a usuarios incluidos en una unidad familiar que se encuentren en riesgo de exclusión social, en las actividades en las que estén inscritas, siendo necesario acreditar dicha situación con informe de los servicios sociales.
Bonificación del 50% a usuarios a partir del tercer miembro de menor edad incluido/os en una unidad familiar con tres miembros o más inscritos en cualquier actividad de las ofertadas en el pabellón municipal, en todas aquellas actividades que se encuentren inscritas.
Bonificación del 50% a los usuarios inscritos en dos o más actividades de asesoramiento técnico con monitor, a partir de la 2º actividad, en la actividad de menor precio.
Estas bonificaciones no serán compatibles con los descuentos realizados por carné joven.
Con el objeto de promover la practica de alguna actividad deportiva, la Delegación de Deportes podrá realizar bonificaciones del 50% del precio público establecido, siempre y cuando dichas promociones estén determinadas en el tiempo y sean específicamente aprobadas por la Delegación de Deportes.
En Espejo a 25 de abril de 2016. El Alcalde, Fdo. Florentino Santos Santos.