Boletín nº 85 (06-05-2016)
IV. Junta de Andalucia
Consejería de
Empleo, Empresa y Comercio
Delegación territorial de Córdoba
Nº. 1.207/2016
Resolución de la Delegación Territorial en Córdoba de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía por la que se Concede Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto de Instalación Eléctrica de Alta Tensión.
Expte: AT 24/2014
Antecedentes:
Primero: La Comunidad de Propietarios Cañada La Espada, solicita ante esta Delegación Territorial, la Autorización Administrativa y Aprobación del Proyecto denominado: Instalación de centro de transformación prefabricado de 630 kVA para suministro a urbanización Cañada de la Espada en el término municipal de Espiel (Córdoba).
Segundo: En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades y preceptos legales aplicables y en concreto los trámites previstos en el Título VII, Capítulo II del Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, desarrollo de la Ley 54/1997, derogada por la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Tercero: Por técnico perteneciente al Departamento de Energía de esta Delegación Territorial, ha sido emitido informe favorable, referente a la Autorización Administrativa y Aprobación del Proyecto anteriormente citado, suscrito por técnico competente.
Fundamentos de Derecho
Primero: Esta Delegación Territorial es competente para la tramitación y resolución del presente expediente, según lo dispuesto en los artículos 1 y siguientes, y demás concordantes, de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en relación con el R.D. 4.164/82, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio (BOJA 117/2015, de 18 de junio), de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, Decreto 304/2015, de 28 de julio, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en la Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas por la que se delegan determinadas competencias en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general ampliación, el Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación Territorial, propone:
Conceder la Autorización Administrativa y Aprobación del proyecto a Comunidad de Propietarios Cañada La Espada para la construcción de las instalaciones incluidas en el proyecto, cuyas principales características se describen a continuación:
Línea eléctrica.
Origen: Apoyo de línea Puente Nuevo-Presa _Villaviciosa
Final: Nuevo centro de transformación.
Tipo: Subterránea.
Tensión de servicio: 20 KV.
Longitud en Km.: 2 x 0,040.
Conductores: Al 3 (1 x 150) 18/30 XLP.
Centro de transformación.
Emplazamiento: Polígono 8 paraje Diseminados Solana del Sacristán.
Término municipal: Espiel (Córdoba).
Relación de transformación: 20.000/400-230 V.
Tipo: Interior.
Potencia (kVA): 630.
Esta Autorización y Aprobación se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece y las especiales siguientes:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
2. El plazo de puesta en marcha será de 24 meses contados a partir de la presente resolución.
3. Esta autorización se otorga sin perjuicio de las demás concesiones o autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables por otros organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas esta Delegación.
4. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial a efectos de reconocimiento definitivo y Resolución de Puesta en Servicio. Se adjuntará a la solicitud el certificado de dirección final de obra suscrito por técnico competente y el certificado de la empresa instaladora de alta tensión que ha ejecutado la instalación.
5. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
6. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
7. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
Propuesto:
El Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas, Manuel Ángel López Rodríguez.
Vista la anterior propuesta de resolución, esta delegación territorial resuelve elevarla a definitiva:
De acuerdo con el artículo 128.3 del Real Decreto 1.955/2000, de 1 diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la presente Resolución deberá notificarse al solicitante y a las Administraciones, organismos públicos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas; en la forma prevista en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndole que la misma no pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo, Empresa y Comercio en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común antes citada.
Resuelve:
La Directora General de Industria, Energía y Minas (P.D. Resolución de 23 de febrero de 2005).
Córdoba, a 3 de abril de 2016. Firmado electrónicamente por el Delegado Territorial, Manuel Carmona Jiménez.