Boletín nº 87 (10-05-2016)

VII. Administración de Justicia

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
Sala de lo Social
Sevilla

Nº. 1.361/2016

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Sala de lo Social con sede en Sevilla

Negociado: ST

Recurso: Recurso de Suplicación 2.632/2014. Casación 477/15

Juzgado origen: Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba

Procedimiento origen: Procedimiento Ordinario 1.504/2013

 

LA SALA DE LO SOCIAL, CON SEDE EN SEVILLA, DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA, HACE SABER:

Que en el Recurso de Suplicación Nº 2.632/14, dimanante de autos nº 1.504/13 del Juzgado Social Nº 3 de Córdoba, en preparación del Recurso de Casación para unificación de doctrina Nº 477/15, entre las partes que se expresarán, se ha dictado por esta Sala la resolución que dice así:

Diligencia de ordenación Letrada de la Administración de Justicia Sra. doña María del Carmen Álvarez Tripero. En Sevilla, a 18 de abril de 2016.

Presentado en tiempo escrito de interposición de Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina por el Letrado don Javier Martín-Gamero Verdú, en nombre y representación de Empresa Municipal de Aguas de Córdoba S.A. (EMACSA), junto con la/as certificación/es de sentencia/as de contraste invocada/s en el mismo, se acuerda emplazar a las demás partes, para su personación por escrito por medio de letrado ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, dentro del plazo de los diez días siguientes al emplazamiento, debiendo contener el escrito los requisitos del artículo 221.1 LRJS. La parte recurrente se entenderá personada de derecho con la remisión de los autos.

Contra esta resolución cabe Recurso de Reposición, que deberá interponerse ante el Letrado de la Administración de Justicia de la Sala, en el plazo de cinco días hábiles, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Lo acuerdo y firmo, doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación y emplazamiento en forma a Mantenimientos Urbanos Profesionales S.L. y Actividades y Cauces del Sur S.A.L. (ACSUR), cuyo domicilio o paradero se desconoce, expido la presente que firmo en Sevilla, a 18 de abril de 2016. La Letrada de la Administración de Justicia, firma ilegible.

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