Boletín nº 88 (11-05-2016)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 4
Córdoba
Nº. 1.375/2016
Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba
Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 264/2014. Negociado: A
De: Doña Estefanía García Rodríguez
Abogado: Doña María Inmaculada Gálvez Velasco
Contra: Cafetería Los Indomables y FOGASA
DOÑA MARIBEL ESPÍNOLA PULIDO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 264/2014, a instancia de la parte actora doña Estefanía García Rodríguez contra Cafetería Los Indomables, se ha dictado Auto de fecha 28-3-2016 cuya parte dispositiva contiene:
Parte dispositiva
Se declara extinguida la relación laboral que unía a la trabajadora doña Estefanía García Rodríguez, con la empresa ejecutada a la fecha de la presente Resolución.
En sustitución de la obligación de readmisión incumplida, se condena a la empresa a que abonen las siguientes cantidades:
Indemnización: 2.802,17 €.
Salarios de tramitación:
Hasta notificación de Sentencia: 6.968,44 €.
Desde el día siguiente a la notificación de la Sentencia al 28/3/2016: 21.102,54 €.
Continúese la ejecución despachada por el importe fijado, más 10% calculado provisionalmente para intereses y costas.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición ante este Juzgado, en el término de cinco días hábiles, a partir del siguientes al de la notificación, sin perjuicio del cual, se llevará a efecto lo acordado. Así se acuerda, manda y firma por doña Elvira Pérez Martínez, Magistrada de refuerzo adscrita a los Juzgados de lo Social de Córdoba. Doy fe.
El Magistrado-Juez. Ante mi.
Y para que sirva de notificación a la demandada Cafetería Los Indomables, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 18 de abril de 2016. La Letrada de la Administración de Justicia, firma ilegible.