Boletín nº 97 (24-05-2016)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera
Nº. 1.751/2016
Por Resolución de Alcaldía nº. 608/2016, de 13 de mayo, se ha resuelto lo siguiente:
Resolución de Alcaldía
Esta Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, conforme al artículo 21.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Razones de oportunidad y como medida instada por los interesados, aconsejan esta delegación especial para el matrimonio civil a celebrar en el salón de sesiones de la Casa Consistorial de esta ciudad el día 23 de mayo de 2016, a las 12,30 horas.
Por consiguiente, vistos, entre otros, los arts. 21.3 de la LRBRL; 43.3 y ss., del R.D. 2.568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y de conformidad con lo dispuesto en la directriz segunda de la Instrucción de 26 de enero de 1995 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes, por la presente he resuelto:
1. Delegar en Sr. Concejal de este Ayuntamiento, D. Ángel Cardo Flores el ejercicio de las atribuciones de oficiante del matrimonio civil para el día 23 de mayo de de 2016, a las 12,30 horas.
2. Notifíquese esta Resolución al interesado y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Aguilar de la Frontera, a 13 de mayo de 2016. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Francisco Juan Martín Romero.