Boletín nº 99 (26-05-2016)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Palma del Río
Nº. 1.601/2016
El Pleno del Ilustre Ayuntamiento de Palma del Río, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de marzo de 2016, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
NOVENO. MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO MUNICIPAL DE USO DE LOS CENTROS MUNICIPALES DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
Visto el dictamen favorable de la Comisión Informativa de la Ciudad de fecha 17 de marzo de 2016, los reunidos, por unanimidad, con los votos a favor de PSOE-A (10), PP (4), IULV-CA (3), PA (2) y AHORA PALMA (2) que supone la mayoría exigida legalmente, acuerdan:
Primero. Aprobar el edificio Pérgola sito en Paseo Alfonso XIII, como Centro Municipal de Participación Ciudadana de la Barriada de San Francisco.
Segundo. Aprobar inicialmente la modificación del Reglamento Municipal de uso de los Centros Municipales de Participación Ciudadana:
1. Se modifica el artículo 3 que queda redactado de la siguiente forma:
Artículo 3. Espacios que se ceden
Son Centros Municipales de Participación Ciudadana (a partir de ahora CMPC) los que a continuación se detallan, pudiendo asumir esta denominación aquellas infraestructuras, edificaciones o instalaciones que apruebe el pleno del Ayuntamiento de Palma del Río, previa propuesta de la Delegación de Participación Ciudadana:
- CMPC de la Barriada Pablo Picasso, sito en Calle Alonso Cano s/n.
- CMPC de la Barriada Rafael Alberti, sito en esquina de la Calle Retama y Calle Las Margaritas s/n.
- CMPC de la Barriada La Soledad, sito en calle Almirante Boca Negra s/n.
- CMPC de la Barriada El Mohíno, sito en Calle El Mohíno s/n.
- CMPC de la Barriada El Calonge, sito en calle Escuelas s/n.
- CMPC Pérgola de la Barriada de San Francisco, sito en Paseo Alfonso XIII s/n.
2. Se modifica el artículo 9 que queda redactado de la siguiente forma:
Artículo 9. Convocatoria
El procedimiento de cesión de uso se tramitará conforme a lo dispuesto en este Reglamento y en la convocatoria que se apruebe para tal fin. Dentro del primer trimestre del año correspondiente, el Ayuntamiento de Palma del Río, abrirá una convocatoria ordinaria para la presentación de solicitudes por parte de asociaciones o colectivos inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales para la cesión de las instalaciones municipales que se determinen en la convocatoria. No obstante, el Ayuntamiento de Palma del Río podrá abrir convocatorias extraordinarias para ceder aquellos espacios no ofertados en la convocatoria ordinaria o cuando se aprueben mediante acuerdo plenario, la incorporación de infraestructuras, edificaciones o instalaciones como CMPC.
El uso de las dependencias podrá ser compartido o exclusivo. En el caso de uso compartido las entidades tendrán que acordar los horarios y el calendario de uso y en aquellos casos en los que la administración detecte que no existe mutuo acuerdo, los horarios de uso podrán ser modificados potestativamente por parte de la administración local para adecuarlos a las necesidades reales de las distintas Asociaciones o colectivos en un mismo centro.
El plazo límite para presentar solicitudes será determinado en la respectiva convocatoria sin que este pueda ser en ningún caso inferior a 15 días naturales.
La presentación de la proposición supone la aceptación incondicionada de este Reglamento en su totalidad de artículos, sin salvedad o reserva alguna. Cada entidad no podrá presentar más de una proposición.
Tercero. Someter dicha modificación del Reglamento Municipal de uso de los Centros Municipales de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Palma de Río, a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.
Cuarto. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto.
Lo que se somete, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de la Bases del Régimen Local, a información pública por el plazo de 30 días para la presentación de reclamaciones y sugerencias, en caso de no presentarse, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.
Palma del Río a 6 de mayo de 2016. La Tercera Teniente de Alcalde, Auria María Expósito Venegas.