Boletín nº 99 (26-05-2016)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Fuente Tójar

Nº. 1.803/2016

Transcurrido el plazo de exposición al público sin haberse presentado reclamaciones, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, queda elevado a definitivo, el acuerdo provisional de 26 de enero de 2016, de Modificación de la Ordenanza reguladora del Comercio Ambulante en el Término Municipal de Fuente-Tójar, transcribiéndose a continuación el texto íntegro de las modificaciones aprobadas:

1. Se modifica la redacción del párrafo 5º del artículo 11, quedando con el siguiente tenor literal:

Los puestos vacantes de cada mercadillo serán ofertados a los titulares de autorizaciones de venta en los mismos, que tendrán un plazo de diez días, a partir de la fecha de la publicación en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, para presentar en el Registro de Entrada del Ayuntamiento la solicitud correspondiente. Asimismo, estas autorizaciones vacantes se podrán conceder a las solicitudes que tuvieran entrada en esta Entidad Local.

2. Se modifica la redacción del párrafo 2º del artículo 15, quedando con el siguiente tenor literal:

Para el supuesto de convocatoria de los puestos a ocupar en el mercadillo de este término municipal de Fuente-Tójar, se hará, al menos 10 días antes de la adjudicación. Mediante Resolución del órgano municipal competente Alcaldía y expuesta en el Tablón de Edictos y página Web del Ayuntamiento.

3. Se modifica la redacción de los párrafos 2º, 3º y 5º del artículo 16, quedando con el siguiente tenor literal, respectivamente:

2º. Junto con la solicitud, se presentará el certificado correspondiente acreditativo de los requisitos exigidos en el artículo 8.4 de esta Ordenanza.

3º. El procedimiento, en cumplimiento de los requisitos de transparencia, imparcialidad y publicidad del procedimiento, constará de las siguientes fases:

Iniciación: Anuncio de la convocatoria para la adjudicación de los pues tos a ocupar en el mercadillo y número de puestos que correspondan que se publicará en el Tablón de Edictos y en la página Web del Ayuntamiento, concediéndose el plazo de 10 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria, para la presentación de solicitudes.

Presentación de solicitudes: Podrá efectuar se en el Registro General del Ayuntamiento o mediante cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante impreso normalizado de solicitud (documento Anexo) acompañado de la documentación exigida en el mismo.

El Ayuntamiento, en cualquier momento posterior a la presentación de la solicitud, podrá requerir al interesado para que en el plazo de 5 días aporte la documentación que haya declarado poseer o subsane la aportada, con indicación de que si no atendiera dicho requerimiento se le tendrá por desistido de su petición.

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a la declaración responsable determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar, de acuerdo con el apartado 4 del artículo 71.bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5º. Comprobación de solicitudes y adjudicación:

A efectos de comprobar las solicitudes y documentación presentadas con el fin de determinar la veracidad y su adecuación a lo expuesto en esta Ordenanza y el cumplimiento de las leyes vigentes se constituirá una Comisión de Valoración compuesta por: El titular de la Secretaría-Intervención o empleado en el que éste delegue, un empleado de administración de esta Entidad Local y el agente municipal elegido para que controle el mercadillo y, por tanto, el cumplimiento de esta Ordenanza.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, por la Comisión de Valoración se procederá a examinar y verificar las solicitudes presentadas.

Propuesta de Adjudicación definitiva: Una vez examinadas las solicitudes y comprobada su conformidad con lo establecido en esta Ordenanza, la Comisión de Valoración emitirá una propuesta de resolución que comprenderá:

- Lista de solicitudes excluidas.

- Lista de solicitudes admitidas.

Dicha propuesta se publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento para que, en el plazo de 3 días hábiles, los interesados puedan presentar las alegaciones que estimen oportunas, que, si las hubiere, serán resueltas por la Comisión de Valoración.

Adjudicación definitiva: Una vez concluido el periodo de alegaciones y resueltas las que, en su caso, se hubieren formulado, la Comisión de Valoración confeccionará el listado definitivo de los adjudicatarios que será objeto de aprobación y concesión de las autorizaciones respectivas mediante Decreto de la Alcaldía-Presidencia, el cual será objeto de publicación en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento.

Aquellas parcelas que puedan quedar libres, se ocuparán a medida que se vayan presentando nuevas solicitudes y se compruebe por la Comisión de Valoración todo lo anteriormente expuesto en los apartados que preceden, en virtud de propuesta de resolución y aprobación por Alcaldía y consiguiente publicación.

4. Se modifica el artículo 17 de la citada Ordenanza, quedando con el siguiente tenor literal:

Artículo 17º. Resolución

Las autorizaciones para el ejercicio del Comercio Ambulante, serán concedidas por acuerdo del Órgano Municipal competente, a propuesta de la Comisión de Valoración u otra que la sustituya.

Contra esta Resolución se podrán interponer los recursos que procedan conforme a lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo Común.

En Fuente-Tójar, a 20 de mayo de 2016. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, María F. Muñoz Bermúdez.

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