Boletín nº 99 (26-05-2016)

VIII. Otras Entidades

Instituto Provincial de Bienestar Social
Córdoba

Nº. 1.832/2016

Extracto de la Resolución nº 2016/00001056, de 23 de mayo de 2016, de la Sra. Vicepresidenta del Instituto Provincial de Bienestar Social de Córdoba, por la que se convocan subvenciones en el marco del Programa del Programa de Intervención Familiar en Situaciones de Pobreza Energética. Línea 3: Microrreformas Energéticas de Viviendas 2016.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8ª de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Serán destinatarios de estas subvenciones aquellas unidades familiares compuestas por uno o más miembros, que residan en municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Córdoba y que se encuentren en situación de riesgo o vulnerabilidad social, como consecuencia de no disponer de unos ingresos económicos suficientes que les permitan hacer frente a la cobertura de sus necesidades básicas, entre las que se considera el suministro energético.

Para esta convocatoria, utilizaremos como criterio restringido de unidad familiar la constituida por la persona solicitante y, en su caso, su cónyuge no separado legalmente, pareja de hecho inscrita u otra relación análoga debidamente acreditada, así como los hijos/as de uno u otro si existieren, con independencia de su edad, las personas sujetas a tutela, guarda o acogimiento familiar, así como aquellos otros familiares que aparezcan inscritos en el certificado o volante de empadronamiento y, por consiguiente, residentes en la misma vivienda.

Segundo. Objeto:

El objeto de la presente convocatoria es favorecer a las personas que, como consecuencia de la insuficiencia de recursos económicos, no pueden hacer frente a la mejora de las condiciones habitacionales de su vivienda, desde el punto de vista del ahorro y la eficiencia energética. Su finalidad se concreta en la concesión de subvenciones destinadas a sufragar el coste de pequeñas reformas (obras y/o instalaciones), la adecuación de la iluminación interna y la adquisición de equipamiento doméstico básico (electrodomésticos), en hogares habitados por unidades familiares en situaciones de vulnerabilidad socio-económica.

Tercero. Bases reguladoras:

Las Bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el marco del Programa del Programa de Intervención Familiar en Situaciones de Pobreza Energética. Línea 3: Microrreformas Energéticas de Viviendas 2016 se encuentran publicadas íntegramente en la web corporativa del Instituto Provincial de Bienestar Social de Córdoba http://www.ipbscordoba.es.

Cuarto. Cuantía:

El presupuesto máximo disponible para la concesión de subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria es de 200.000,00 €, imputándose las mismas a la aplicación presupuestaria 2317.789.02 Microrreformas Energéticas de Viviendas del Presupuesto de Gastos del Instituto Provincial de Bienestar Social de Córdoba para el ejercicio 2016.

Las subvenciones otorgadas dentro del Programa se estructuran en las siguientes modalidades:

" Modalidad 1ª. Iluminación interior de viviendas: ayudas para la adquisición, sustitución e instalación, sí fuera necesaria, de elementos de iluminación tipo led.

- Cuantía máxima: Hasta 250,00 €.

" Modalidad 2ª. Adquisición de electrodomésticos y sistemas de calefacción eficientes: ayudas para la adquisición e instalación, si fuera necesario, de electrodomésticos básicos eficientes. Dentro de esta línea se subvencionarán:

- Lavadoras con calificación energética A+++.

- Frigoríficos con calificación energética de al menos A++.

- Estufas de biomasa tipo pellet o similar.

- Cuantía máxima: Hasta 900,00 €.

" Modalidad 3ª. Pequeñas obras y adaptaciones que mejoren el aislamiento de la vivienda: ayudas para la realización de pequeñas obras y adaptaciones de las viviendas para la mejora de su eficiencia y rendimiento energético como: aislamiento de ventanas y puertas, cambio de ventanas y puertas de madera o hierro por otras aislantes, revestimiento de cerramientos y cubiertas con material aislante, insuflado de aislantes en tabiquería, & así como todas aquellas obras y adaptaciones que, a criterio del instructor del expediente, redunden en la mejora de la eficiencia energética de la vivienda, debiendo quedar acreditado en la correspondiente memoria explicativa.

- Cuantía máxima: Hasta 850,00 € (este importe podrá incluir los gastos imputables al beneficiario para la obtención de las preceptivas licencias de obras y demás impuestos sí fueran exigibles).

" Se podrán solicitar Ayudas Económicas para cada una de las modalidades anteriores, no obstante, la suma total de las cuantías concedidas a cada unidad familiar no podrá ser superior a 1.000,00 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Sexto. Otros datos:

Las solicitudes y demás documentación requerida se presentarán en los modelos normalizados recogidos en los Anexos de las Bases de la presente convocatoria, disponibles en la página web del Instituto Provincial de Bienestar Social de Córdoba y en sus distintos centros de trabajo.

El abono de la subvención se realizará con carácter anticipado a la realización de la obra y/o instalación y/o adquisición de los bienes objeto de esta convocatoria.

Córdoba a 23 de mayo de 2016. Firmado electrónicamente: La Vicepresidenta del Instituto Provincial de Bienestar Social de Córdoba, Felisa Cañete Marzo.

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