Boletín nº 102 (31-05-2016)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Puente Genil

Nº. 1.740/2016

Por Resolución de esta Alcaldía-Presidencia, con fecha 10 de mayo de 2016, se ha resuelto lo siguiente:

Decreto: Por Decreto de la Alcaldía de este Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil, de fecha 11/02/2003, se resolvió designar al Inspector de la Policía Local, D. Lorenzo Humánez Aguilar, como Jefe de la Policía Local, de acuerdo a lo previsto en el artículo 12 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía.

El precepto de referencia señala que el Cuerpo de la Policía Local estará bajo la superior autoridad y dependencia directa del Alcalde; a quien corresponde el nombramiento de dicho cargo.

Por Decreto de la Alcaldía de fecha 19/06/2015, se designa como Concejala Delegada de Servicios Básicos y Hacienda a Dª Verónica Morillo Baena, con la facultad de dirigir e inspeccionar los servicios correspondientes, comprendiendo, en lo que atañe a Recursos Humanos, la potestad de resolver mediante actos administrativos en las materias derivadas de la competencia de la Alcaldía.

Vistos los artículos 10.g) del Reglamento Orgánico Municipal y 12 y 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; y en base a las atribuciones que confieren a esta Alcaldía-Presidencia el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, así como el ya citado artículo 12 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, por virtud del presente, resuelvo:

Primero: Avocar la competencia otorgada a la Sra. Concejala Delegada de Servicios Básicos y Hacienda a Dª Verónica Morillo Baena, para la adopción de los acuerdos a que se refieren los puntos segundo y tercero del presente.

Segundo: Cesar al Inspector de la Policía Local, D. Lorenzo Humánez Aguilar, de las funciones de Jefe de la Policía Local, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre.

Tercero: Designar al Subinspector de la Policía Local, D. Jesús Miguel García Guerrero, como Jefe de la Policía Local, de acuerdo a lo previsto en el mismo artículo 12 de la ley 13/2001, de 11 de diciembre.

Dése cuenta al Excmo. Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que celebre, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, y notifíquese a los interesados y a las dependencias municipales de Recursos Humanos, Intervención y Tesorería, así como a la Junta de Personal, a sus efectos.

Indíquese a los interesados en la notificación que del presente se haga que, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº. 1, 2, 3, 4 ó 5 de Córdoba, o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Sevilla, de conformidad con la distribución de competencias prevista en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de Jurisdicción Contencioso-Administrativa, bien directamente, o interponiendo, previamente y con carácter potestativo, Recurso de Reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en que reciban dicha notificación, ante el Órgano que ha dictado la presente resolución.

El plazo para interponer el Recurso Contencioso-Administrativo será de dos meses, a contar desde el día siguiente al del recibo de la indicada notificación, o desde el día siguiente al del recibo de la notificación del acuerdo resolutorio del Recurso de Reposición, si es expreso. Si no lo fuere, el plazo será de seis meses, a partir del día siguiente a aquél en que se entienda desestimado el recurso, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Puente Genil a 10 de mayo de 2016. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Esteban Morales Sánchez.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad