Boletín nº 103 (01-06-2016)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 1.888/2016

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de enero de 2016, en turno de Urgencias, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

N.º 494/16. PRESIDENCIA. 8. PROPOSICIÓN DEL SR. TENIENTE DE ALCALDE DELEGADO DE PRESIDENCIA Y POLÍTICAS TRANSVERSALES Y FOMENTO COMERCIAL, DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EN LA CONCEJALA DELEGADA DE RECURSOS HUMANOS Y SALUD LABORAL Y MOVILIDAD, RESPECTO DE LOS PREMIOS ESTABLECIDOS EN EL CONVENIO ÚNICO DE LOS EMPLEADOS Y EMPLEADAS DE ESTE AYUNTAMIENTO.

Examinado el expediente tramitado al efecto; vistos y conocidos los informes obrantes en el mismo, y de conformidad con la Proposición arriba reseñada, la Junta de Gobierno Local adoptó los siguientes acuerdos:

Primero. Delegar en la Concejala Delegada de Recursos Humanos y Salud Laboral y Movilidad la competencia para aprobar el abono de los premios extraordinarios de jubilación, premios de jubilación voluntaria, premios extraordinarios, premios de constancia así como cualesquiera otros premios establecidos en el Convenio Único de los Empleados y Empleadas del Ayuntamiento de Córdoba, autorizando y disponiendo a tal efecto el gasto que corresponda.

Segundo. Comunicar el presente Acuerdo a la Concejala Delegada de Recursos Humanos y Salud Laboral y Movilidad.

Tercero. Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, a efectos de lo previsto en el artículo 13, apartado tercero, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la fecha de adopción del presente acuerdo.

Córdoba, 25 de mayo de 2016. El Teniente Alcalde de Presidencia, Políticas Transversales y Fomento Comercial, David Luque Peso.

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