Boletín nº 103 (01-06-2016)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 1.889/2016

BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PREMIO MASLAMA A LA SEGURIDAD EN LA EMPRESA DE LA DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA 2016

Primera. Objeto de los premios

1. El Premio Maslama reconocerá la labor de las empresas de construcción que destaquen por realizar una labor ejemplar en prevención de riesgos laborales en el ámbito de la construcción.

2. Los premios, que consistirán en un trofeo, se financiarán con cargo a la partida 330.1502.48101 del Presupuesto de la Diputación de Córdoba para el 2016.

Segunda. Participantes

1. Podrá optar al Premio Maslama cualquier persona física o jurídica que opere en el sector de la construcción, que haya realizado trabajos para la Diputación de Córdoba o cualquiera de sus empresas públicas durante el año 2015 como adjudicatarios de contratos, y destaquen en la consecución del objetivo definido en el apartado primero de las presentes bases.

2. No podrán presentarse aquellas personas físicas o jurídicas que tan sólo hayan realizado trabajos como empresa subcontratada.

Tercera. Modalidades

1. El premio se establece en tres modalidades:

a. Obras de Arquitectura, para trabajos de edificación.

b. Obras Públicas, para trabajos de carreteras o ingeniería.

c. Obras de Instalaciones, para trabajos de alumbrado, abastecimiento o similares.

2. Los solicitantes sólo podrán presentarse a una sola de las modalidades propuestas. No obstante, si la proposición presentada no especifica la modalidad a la que se presenta, el jurado podrá optar bien por incluirla en una de ellas, bien por excluirla en el caso de que no cumpla los requisitos exigidos en el concurso.

Cuarta. Documentación

La documentación mínima imprescindible para la aceptación de la candidatura es la siguiente:

a. Datos identificativos del candidato según solicitud adjunta en Anexo I.

b. Dossier que contenga, al menos, una memoria con relación de los méritos y de las razones que han motivado su presentación. Podrá ir acompañada de la documentación que el candidato considere conveniente. Se adjunta relación orientativa y no exhaustiva de dicha documentación en Anexo II.

Quinta. Plazo y lugar de presentación

1. Las solicitudes se presentarán en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín oficial de la Provincia dirigidas al Sr. Presidente de la Diputación.

2. Se presentarán en el Registro General de la Diputación de Córdoba (Plaza de Colón. 15), de lunes a viernes en horario de 9.00 a 13.00 horas, y los sábados de 10.00 a 13.30 horas. Asimismo podrán presentarse en cualquiera de las formas que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, si bien estos caso transcurridos diez días naturales desde la terminación del plazo sin haberse recibido las solicitudes en el Registro de Diputación de Córdoba no serán admitidas en ningún caso.

3. La participación en la convocatoria implica la aceptación de lo establecido en estas Bases.

Sexta. Jurado

La ponderación de los criterios objetivos para las distintas solicitudes se realizará por un jurado que estará compuesto por tres miembros elegidos de entre los técnicos pertenecientes a la Sección de Seguridad y Salud de la Diputación de Córdoba, actuando uno de ellos como presidente, que tendrá voto de calidad.

Los miembros del Jurado serán nombrados por el Diputado Delegado de Cooperación con los Municipios y Carreteras, que además nombrará un Secretario con voz pero sin voto.

Séptima. Criterios objetivos de baremación

Para la selección de los premiados el jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios cuya ponderación conjunta podrá alcanzar un máximo de 10 puntos para cada solicitud:

1. Características y organigrama de la empresa, con especial hincapié en la implantación de los sistemas de prevención de riesgos laborales, así como en los certificados de calidad con los que cuente relacionados con la materia: Máximo 3 puntos en función de la documentación presentada.

2. Trayectoria de la empresa en materia de seguridad y salud en trabajos de construcción, en la que destaquen obras de importancia realizadas por ésta o en las que se hayan adoptado medidas relevantes en el campo de la prevención de riesgo: Máximo 3 puntos en función de la documentación presentada.

3. Organización, minuciosidad y seriedad en la ejecución de la obra presentada a concurso, dificultad en la realización de ésta y soluciones aportadas por la empresa: Máximo 4 puntos en función de la documentación presentada.

Octava. Premios

1. La relación de premiados se hará pública en el Tablón de Anuncios mediante Resolución del Diputado Delegado de Cooperación con los Municipios y Carreteras. Los premios podrán ser compartidos cuando los méritos reconocidos a las candidaturas así lo aconsejen, y ser declarados desiertos cuando las candidaturas no presenten los méritos suficientes.

2. La entrega de trofeos a los premiados se realizará en acto público organizado por la Diputación de Córdoba, cuya fecha, hora y lugar de celebración será debidamente comunicada a los premiados.

Novena. Órganos de instrucción y resolución

La competencia para la instrucción del procedimiento corresponderá a la Delegación de Cooperación con los Municipios y Carreteras. La competencia para resolver corresponderá al Diputado Delegado de Cooperación con los Municipios y Carreteras por delegación del Presidente de la Corporación.

Décima. Incidencias

Las incidencias derivadas de la aplicación de las presentes Bases serán resueltas por el Diputado Delegado de Cooperación con los Municipios y Carreteras.

En lo no regulado por las mismas se estará a lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y demás disposiciones que resulten de aplicación.

Undécima. Resolución de la convocatoria

El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento será de seis meses desde la publicación de la convocatoria.

Duodécima. Recursos

Contra el acto de aprobación de la presente convocatoria y su resolución, que ponen fin a la vía administrativa, podrán interponer según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, los siguientes recursos:

1. Recurso de Reposición, con carácter potestativo, ante el Diputado Delegado de Cooperación con los Municipios y Carreteras en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación en el BOP del presente anuncio, de conformidad con el artículo 117, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RJAPPAC.

2. Recurso Contencioso-Administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, según lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación en el BOP del presente anuncio.

Decimotercera. Efectos

La presente convocatoria surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Córdoba a 10 de mayo de 2016. Firmado electrónicamente: El Diputado, Maximiano Izquierdo Jurado.


Adjuntos: 1-889_anexo.pdf |

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