Boletín nº 107 (07-06-2016)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 1.813/2016
Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba
Procedimiento: Procedimiento ordinario 306/2016. Negociado: V
De: Don Fernando Rafael Miranda Cañero, don Javier Peral Jiménez y don Diego Jiménez Pulido
Contra: Andaluza de Reformas Olmar S.L. y FOGASA
DOÑA MARINA MELÉNDEZ-VALDÉS MUÑOZ, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 306/2016, a instancia de la parte actora don Fernando Rafael Miranda Cañero, don Javier Peral Jiménez y don Diego Jiménez Pulido contra Andaluza de Reformas Olmar S.L. y FOGASA, sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado resolución del día de la fecha del tenor literal siguiente:
Diligencia de Ordenación de la Letrada de la Administración de Justicia Sra. doña Marina Meléndez-Valdés Muñoz. En Córdoba, a 18 de mayo de 2016
Visto el resultado negativo de la citación a los actos convocados de la empresa demandada Andaluzas de Reformas Olmar S.L. y la consulta telemática al Registro Mercantil Central, se acuerda:
Requerir a la parte demandante para que en el plazo de 4 días indique, si tiene constancia, de otro domicilio en el cual pueda llevarse a cabo las sucesivas diligencias.
Ad-cautelam citar a misma para el próximo día 27 de junio de 2016, a las 10:15 horas, a través del Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente dispongan otra cosa.
Asimismo, cítese como parte al Fondo de Garantía Salarial, dándole traslado de la demanda, a los efectos previstos en el artículo 23.2 de la Ley de Jurisdicción Social.
Notifíquese esta resolución a las partes habiéndole saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio de recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso, y sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Y para que sirva de notificación a la demandada Andaluza de Reformas Olmar S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 18 de mayo de 2016. La Letrada de la Administración de Justicia, firma ilegible.