Boletín nº 111 (13-06-2016)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Encinas Reales
Nº. 1.898/2016
Don Gabriel González Barco, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Encinas Reales (Córdoba), hago saber:
Que esta Alcaldía, en fecha 25 de mayo de 2016, dictó el Decreto n.º 42/2016, cuyo tenor literal es el siguiente:
Visto el expediente que se tramita en el Juzgado de Paz de esta localidad en relación a la celebración de matrimonio civil entre D. Juan Repiso Pedrosa y D.ª María Araceli Martínez Navarro, los cuales han decidido que dicho matrimonio se celebre ante el Alcalde del municipio o Concejal en quien delegue, de conformidad con lo establecido en el artículo 51 del Código Civil.
Esta Alcaldía, en virtud de lo dispuesto en los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y 43 y ss. del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, ha tenido a bien dictar Decreto con las siguientes disposiciones:
Primera. Delegar en D. Fernando López Pedrosa, Concejal de esta Corporación Local, la facultad de recibir el consentimiento en el citado expediente de matrimonio, previsto para el día 28 de mayo de 2016.
Segunda. Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno de la Corporación, en la primera sesión que celebre tal órgano colegiado, para su conocimiento.
Tercera. Notificarla personalmente a la designada, para su conocimiento y efectos, y publicarla en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la fecha de la misma.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Encinas Reales, a 25 de mayo de 2016. El Alcalde, firma ilegible.