Boletín nº 113 (15-06-2016)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 2.159/2016
Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de junio de 2016, se ha adoptado el Acuerdo 140/2016 por el que:
Primero. Se desestiman las Alegaciones presentadas al Expediente de Modificación de Créditos 1CE160407F30, aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión Extraordinaria y Urgente celebrada el día 20 de abril de 2016 (Acuerdo 104/2016), por no fundamentarse en ninguno de los supuestos establecidos en el artículo 170.2 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo.
Segundo. Se acuerda elevar a definitivo el citado Acuerdo de aprobación inicial del Expediente de Modificación de Créditos 1CE160407F30, relativo a la concesión de un crédito extraordinario por importe de 4.001.058,55 euros en las aplicaciones que a continuación se detallan:
EMPLEOS:
APLICACIÓN |
DENOMINACIÓN |
IMPORTE |
Z F30 1650 61901 0 |
Alumbrado Público. Inversiones de Reposición Fondos Jessica (2016/2/APFJF/165) |
4.001.058,55 € |
TOTAL |
4.001.058,55 € |
RECURSOS:
CONCEPTO |
IMPORTE |
Préstamo a l/p. H00 91302 (Fondos Jessica-Fidae) |
4.001.058,55 € |
TOTAL |
4.001.058,55 € |
Tercero. Notificar el presente Acuerdo a los alegantes y publicar la aprobación definitiva en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 171.1 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, contra el anterior Acuerdo los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el B.O.P. y ello sin perjuicio de que puede ejecutar cualquier acción que se considere conveniente.
En Córdoba, a 14 de junio de 2016. La Teniente de Alcalde-Delegada de Participación Ciudadana, Hacienda, Salud y Consumo y Vivienda, Alba María Doblas Miranda (Decreto núm. 7558/15). Vº Bº: El Secretario General del Pleno, Fdo. Valeriano Lavela Pérez.